SCJN avala no reprobar alumnos en educación básica
SCJN avala no reprobar alumnos en educación básica

Por unanimidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó el acuerdo 10/09/23 de la Secretaría de Educación Pública (SEP), que impide reprobar a estudiantes de educación básica en escuelas públicas o privadas, según el proyecto de la ministra Lenia Batres.

El fallo responde a un amparo promovido por el Colegio El Roble, que buscaba mantener la facultad de reprobar a alumnos que no cumplieran con criterios académicos o de asistencia regular.

El Pleno de la SCJN resolvió que el acuerdo es constitucional porque garantiza la calidad educativa y el interés superior de la niñez, previene la exclusión escolar y se alinea con sistemas como los de Dinamarca y Finlandia, donde la evaluación no depende estrictamente de calificaciones numéricas.

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En su demanda, el Colegio El Roble argumentó que la norma vulnera el derecho a una educación de excelencia al flexibilizar la acreditación de asignaturas y grados, eliminar requisitos como la asistencia mínima y reducir las materias necesarias para avanzar.

El presidente de la SCJN, Hugo Aguilar, consideró que la asistencia a clases no determina la excelencia escolar.

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