La Comisión de Receso del Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ) ordenó la suspensión provisional de un juez de Distrito en Materia Penal de la Ciudad de México, ante la posible existencia de irregularidades en la atención de las solicitudes médicas presentadas por Brenda Quevedo Cruz, procesada que permanece sujeta a la medida cautelar de resguardo domiciliario.
La determinación fue adoptada durante una sesión extraordinaria del pleno de la Comisión, luego de que el caso fuera expuesto en la conferencia matutina de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, el jueves 16 de julio.
Antecedentes del caso
Durante la conferencia, un periodista señaló que el juzgador se habría negado de manera reiterada a celebrar una audiencia para revisar o modificar las medidas cautelares impuestas a Quevedo Cruz, quien lleva cerca de 19 años privada de la libertad, primero en un centro penitenciario y posteriormente bajo prisión domiciliaria. Actualmente, Brenda Quevedo enfrenta el proceso penal desde su domicilio, con supervisión permanente mediante un dispositivo electrónico de localización. El expediente está relacionado con un caso de desaparición y homicidio ocurrido en la Ciudad de México en julio de 2005.
La investigación ministerial vinculó a Quevedo Cruz con los hechos debido a que mantuvo una relación sentimental con uno de los principales imputados. Desde su detención, la procesada ha denunciado haber sido sometida a tortura y otros tratos crueles durante su retención y estancia en prisión.
Intervención internacional
El caso fue revisado por el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la Organización de las Naciones Unidas. En su Opinión 45/2020, el organismo internacional documentó violaciones graves a los derechos humanos de la acusada.
La intervención del Tribunal de Disciplina Judicial también se relaciona con un episodio médico ocurrido en febrero, cuando Quevedo Cruz presentó una hemorragia severa presuntamente provocada por miomas. De acuerdo con la información expuesta, la defensa solicitó autorización para trasladarla a una clínica privada con el propósito de que recibiera atención especializada y se le practicaran estudios médicos. Sin embargo, el juez responsable de la causa no permitió que abandonara el domicilio.
Negativa de atención médica
El juzgador autorizó únicamente el ingreso de una ambulancia, al considerar que no era necesario el traslado de la paciente. También dispuso que la atención se realizara en un hospital general del sector público. En esa institución médica, según lo denunciado, la consulta fue programada para marzo de 2027, pese a la condición de salud reportada y a la necesidad de realizar estudios para determinar el origen de la hemorragia.
Ante estos hechos, Rufino H. León Tovar, presidente de la Comisión de Receso del Tribunal de Disciplina Judicial, instruyó al Órgano de Investigación de Responsabilidades Administrativas para que iniciara, con carácter urgente, las indagatorias correspondientes. El objetivo es establecer si personal del Juzgado Primero de Distrito en Materia Penal de la Ciudad de México incurrió en alguna conducta irregular al tramitar las peticiones relacionadas con la salud de Quevedo Cruz.
Medidas cautelares y suspensión
La Comisión también ordenó que, en caso de encontrarse elementos suficientes, se solicite la aplicación de las medidas necesarias para proteger los derechos de la procesada. Durante la sesión extraordinaria, el pleno aprobó como medida cautelar la suspensión temporal del juez encargado del expediente, al considerar que su actuación pudo haberse apartado del principio de legalidad y afectado el derecho humano a la salud de una persona sometida a proceso penal.
El Tribunal aclaró que la suspensión no implica una declaración anticipada de responsabilidad administrativa. La medida busca evitar interferencias en la investigación, garantizar la adecuada administración de justicia y asegurar que Brenda Quevedo reciba la atención médica que requiere. Las investigaciones determinarán si existieron omisiones, retrasos injustificados o decisiones contrarias a las obligaciones legales y constitucionales que corresponden a las autoridades judiciales.



