SCJN aplaza resolución de amparos sobre pensiones doradas del ISSSTE
SCJN aplaza resolución de amparos sobre pensiones doradas del ISSSTE

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó aplazar la resolución de los juicios de amparo relacionados con el recorte a las pensiones del ISSSTE que superan el tope legal permitido, conocidas como “pensiones doradas”. La medida se oficializó mediante el acuerdo general número 3/2026, publicado en el Diario Oficial de la Federación y vigente desde el 7 de abril de 2026.

El acuerdo implica que todos los procedimientos judiciales en curso sobre este tema permanecerán sin sentencia definitiva hasta que el Pleno de la Corte defina un criterio único. La SCJN busca evitar fallos contradictorios entre tribunales, fundamentándose en el artículo 37 de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución.

Las pensiones doradas son jubilaciones otorgadas bajo regímenes anteriores o condiciones especiales, con montos superiores a los previstos por la ley vigente del ISSSTE. El debate surgió cuando el Director General del ISSSTE, Martí Batres Guadarrama, estableció un procedimiento para verificar y modificar o revocar las pensiones que exceden el límite legal, lo que fue impugnado por varios beneficiarios a través de amparos.

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La controversia llegó a la Corte, donde se acumularon revisiones y amparos identificados bajo los números 599/2025 al 604/2025 y 141/2026 al 144/2026. La SCJN determinó mantener el trámite de los amparos hasta llegar al estado de resolución, pero suspender cualquier sentencia definitiva.

Actualmente, el aplazamiento impacta a exservidores públicos de alto rango con pensiones superiores al promedio, así como a trabajadores que aspiran a montos elevados. El ISSSTE administra dos grandes esquemas de pensión: el régimen de cuentas individuales y el Artículo Décimo Transitorio, este último asociado a las pensiones doradas. La SCJN ya resolvió en años previos que un cambio de régimen no es posible una vez elegido.

Hasta que el Pleno de la Corte establezca un criterio definitivo, los tribunales no podrán dictar sentencia sobre los amparos en curso. Las pensiones señaladas continuarán bajo las condiciones actuales, sin aumentos ni recortes, manteniendo la incertidumbre para los beneficiarios involucrados.

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