El Supremo permite a familiares recurrir la eutanasia y pide agilizar plazos tras el caso de Noelia Castillo
El Supremo permite a familiares recurrir la eutanasia y pide agilizar plazos tras el caso de Noelia

El Tribunal Supremo ha establecido este martes que personas con una vinculación “particularmente estrecha” con quien solicita la eutanasia pueden recurrir judicialmente su concesión, siempre que formen parte de su círculo de convivencia más próximo. La decisión, adoptada por 23 magistrados frente a nueve, llega tres meses después de que Noelia Castillo, la paciente más joven en recibir la muerte asistida en España, muriera en Barcelona tras dos años de batallas judiciales impulsadas por su propio padre.

La sentencia resuelve el recurso presentado por la Generalitat de Cataluña contra el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que ya había reconocido a un padre el derecho a impugnar la eutanasia de su hijo mayor de edad. El Supremo desestima ese recurso y consolida así una doctrina que amplía el acceso a la vía judicial a determinados allegados del solicitante.

Asimismo, el fallo especifica que quienes acudan a los tribunales para oponerse a una petición de eutanasia deberán acreditar “una especial proximidad afectiva con el solicitante” y aportar “un indicio de prueba razonable sobre un posible incumplimiento de las garantías legales”. La sala también exige que esa persona cuente con “la capacidad de conocimiento y de empatía suficiente con él como para poder, en su caso, detectar posibles fisuras en el entendimiento y comprensión de la situación en la que se encuentra el solicitante”.

Banner ancho de Pickt — app de listas de compras colaborativas para Telegram

En el caso de Noelia Castillo, la joven de 25 años formalizó su solicitud ante la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña (CGAC) el 10 de abril de 2024, tras sufrir secuelas permanentes derivadas de un intento de suicidio en 2022, a su vez precedido por una agresión sexual múltiple. Los expertos certificaron que padecía “secuelas permanentes e irreversibles” y un “sufrimiento constante”. Su eutanasia estaba programada para el 2 de agosto de 2024, pero una orden judicial la paralizó a petición de su padre, representado por Abogados Cristianos, quien llegó a recurrir ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) sin éxito. Noelia falleció el 26 de marzo de 2026 en la residencia sociosanitaria de Sant Pere de Ribes, después de pasar por cinco instancias judiciales.

Precisamente para evitar que situaciones similares se repitan, el Supremo advierte en su sentencia que la sucesión de instancias judiciales puede convertirse en “un factor añadido de sufrimiento a la persona que, con plena libertad, capacidad de entendimiento y voluntad persistente, en un contexto eutanásico previamente acreditado”. Por ello, el alto tribunal plantea la creación de un procedimiento judicial especial para estos conflictos, con simplificación de trámites y reducción de plazos, con el fin de resolver las controversias “con la mayor celeridad posible dada la singularidad de los derechos e intereses en conflicto”.

La Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia (LORE) contempla plazos breves para el proceso, pero el Supremo reconoce que el recorrido por sucesivas instancias puede generar “un retraso notable en la definitiva resolución”. La sentencia va más lejos y advierte de que la judicialización del procedimiento puede convertir el derecho a una muerte digna en “una mala muerte o una muerte sin dignidad”, al obligar al enfermo a soportar un “dolor agónico” y un “padecimiento físico y mental insufrible e intolerable”.

Banner post-artículo de Pickt — app de listas de compras colaborativas con ilustración familiar