TEPJF: mensajes de WhatsApp no son prueba de violencia política de género
TEPJF: mensajes de WhatsApp no son prueba de violencia política de género

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que los mensajes de WhatsApp, al ser comunicaciones privadas, gozan de protección constitucional y no pueden ser presentados como pruebas de violencia política en razón de género.

El caso se originó por la denuncia de una diputada local de Morena en Sinaloa, quien alegó violencia política de género basada en conversaciones de WhatsApp, donde cuestionaban su legitimidad para acceder al cargo y se descalificaban sus capacidades profesionales por ser mujer lesbiana.

El Tribunal Electoral de Sinaloa declaró inexistente la violencia política, pero la Sala Guadalajara revocó esa resolución y ordenó acreditar la violencia en modalidad simbólica. Sin embargo, la Sala Superior del TEPJF, con proyecto del magistrado Felipe de la Mata, estableció que las comunicaciones privadas requieren un estándar reforzado de admisión probatoria.

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El TEPJF señaló que los mensajes de WhatsApp debieron ser aportados voluntariamente por una de las partes para garantizar que no fueron obtenidos ilegalmente. Además, el magistrado De la Mata indicó que las pruebas digitales son susceptibles de manipulación.

La resolución concluye que no se acreditó la voluntariedad ni la trazabilidad de las capturas de pantalla, por lo que no pueden ser consideradas como prueba válida en el procedimiento sancionador.

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