La Secretaría de Administración y Finanzas (SAyF) de la Ciudad de México reconoció la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de declarar constitucional el cobro de 2% por cada viaje que realicen las plataformas de reparto de comida como Uber, Didi y Rappi.
La Corte resolvió este jueves el Amparo en Revisión 681/2022, promovido por Uber, y validó por mayoría de votos la constitucionalidad del ingreso no tributario establecido en el Código Fiscal de la Ciudad de México del 2% sobre comisiones a cargo de las plataformas digitales que usan la infraestructura de la ciudad.
La SAyF precisó que este ingreso tiene la naturaleza jurídica de un aprovechamiento, como medida compensatoria y resarcitoria a favor de la Ciudad por los altos impactos en movilidad. El pago está dirigido únicamente a las plataformas digitales de intermediación y no a los repartidores ni a los consumidores.
La ministra Lenia Batres explicó que el gravamen busca retribuir a la Ciudad por el uso de la infraestructura urbana para actividades comerciales que generan ganancias privadas. La dependencia capitalina consideró el precedente como un avance en el cumplimiento de obligaciones fiscales locales.
Alianza In México, asociación de plataformas digitales, lamentó la decisión, argumentando un impacto regresivo en el ecosistema de plataformas, afectando a repartidores, pequeños negocios y consumidores, además de un trato fiscal discriminatorio y posibles conflictos con el TMEC.



