El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha publicado 903 empresas fantasma, conocidas como Empresas que Facturan Operaciones Simuladas (EFOs), en lo que va de 2026, al cierre del 12 de junio. Esta cifra representa un repunte significativo frente a años anteriores, ya que desde 2021 no se superaban las 500 publicaciones anuales, según registros de Expansión y datos de Luis Pérez de Acha.
Mayores facultades del SAT contra la defraudación fiscal
Gari Flores Hernández, administrador general de Recaudación del SAT, explicó en conferencia de prensa conjunta con el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) que, además de las EFOs, se ha restringido el sello digital a 7,300 contribuyentes. “Tiene que ser una lucha inteligente y eficiente. Las facturas que empiezan a circular y venderse reducen la base gravable de otros contribuyentes. Publicamos y restringimos sellos digitales”, señaló.
Ramón Ortega Díaz, vocero y asesor del IMCP, detalló que en los últimos tres meses se publicaron 300 factureras definitivas. Estas empresas emiten comprobantes fiscales sin contar con personal, activos ni infraestructura para realizar actividades comerciales o de servicios, y no son localizables cuando la autoridad ejerce facultades de comprobación.
Velocidad de publicación y comparativa histórica
La velocidad actual es destacable, aunque en 2017 se registró un pico de 3,000 EFOs que no se ha repetido. “Está de nueva cuenta la curva de combate al alza”, agregó Ortega Díaz. Tanto el SAT como los contadores coincidieron en que los tiros de la autoridad son más precisos, buscando que los publicados sean mayormente EFOs definitivos, es decir, contribuyentes que no cumplen con sus obligaciones ni realizan operaciones reales.
Antecedentes y reformas recientes
La lucha contra factureras inició en 2014 con una reforma al Código Fiscal de la Federación (CFF) que otorgó al SAT facultades para investigar y sancionar a estas empresas, incluyendo su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF). En 2026, bajo el gobierno de Claudia Sheinbaum, se endurecieron las facultades con la adición del artículo 49-Bis al Código y cambios a la miscelánea fiscal. Ahora se incluyen auditorías exprés con fotos y videos para comprobar materialidad, y la pausa del sello digital. Las facturas emitidas por EFOs pierden deducibilidad para las empresas que las usaron, conocidas como EDOS (Empresas que Deducen Operaciones Simuladas).
Ortega Díaz señaló que los EFOs publicados recientemente son resultado de la reforma de 2014 (artículo 69-B del CFF), pero ya avanzan acciones penales derivadas de la reforma de 2026. “Este año se dio a conocer el caso 'El Caballito', donde se utilizaron las nuevas facultades, con prisión preventiva oficiosa y verificación. Participaron la Unidad de Inteligencia Financiera, la Fiscalía, el SAT y la Secretaría de Seguridad. Hubo detenciones directas y 446 empresas reales involucradas”, detalló Gari Flores.
Recomendaciones para contribuyentes
El vocero del IMCP hizo tres recomendaciones clave:
- Verificar periódicamente el listado del artículo 69-B del CFF, publicado en el DOF y en la página del SAT. También existen aplicativos contables que cruzan información. Hay que estar atentos a las nuevas listas del artículo 49-Bis.
- En caso de revisión, si la autoridad detecta operaciones con un EFO, el contribuyente debe aclarar con documentación la materialidad y realidad de las operaciones, y atender oportunamente cualquier requerimiento.
- Evitar estrategias fiscales indebidas o agresivas, ya que pueden derivar en consecuencias administrativas e incluso penales.
El SAT continúa intensificando sus acciones para combatir la defraudación fiscal, con un enfoque en la precisión y el uso de nuevas herramientas legales.



