El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha incrementado este año la fiscalización de las transferencias electrónicas realizadas a través de SPEI, CoDi, Dimo o banca móvil, poniendo especial atención en los conceptos que los usuarios escriben al enviar dinero. Aunque el concepto no genera un impuesto por sí mismo, puede desencadenar aclaraciones o auditorías si sugiere actividades ilícitas, ingresos no declarados o simulación de operaciones.
Entre los términos que elevan el riesgo de revisión se encuentran palabras como “droga”, “armas”, “soborno”, “prostitución”, “lavado”, “secuestro”, “hackeo”, “fraude”, “robo” y “evasión”. También se consideran sospechosos los conceptos genéricos o ambiguos como “pago varios”, “servicios” o “honorarios” sin referencia a una factura o contrato, así como descripciones coloquiales o emojis que no expliquen la operación.
El SAT puede solicitar aclaraciones o pruebas de la legitimidad de la transacción cuando detecta conceptos sospechosos, y en casos graves, pedir documentación de respaldo. Para evitar problemas, se recomienda ser específico y congruente: indicar qué se paga y de qué documento proviene, como “Factura 1234 — diseño de logo — octubre 2025” o “Renta octubre — contrato 2024-2025”.
En el caso de préstamos o donativos entre particulares, estos no causan impuesto por sí mismos, pero deben declararse en la declaración anual cuando el acumulado supere los 600 mil pesos. Omitirlo puede acarrear multas o que la autoridad los considere como ingreso gravable. Es importante respaldar estas operaciones con contratos, recibos y estados de cuenta.
El SAT no cobra impuestos por realizar una transferencia; las comisiones y límites dependen del banco. Sin embargo, existe un reporte de depósitos en efectivo por parte de los bancos y cruces de información bancaria y fiscal. La congruencia entre los ingresos declarados y los CFDI es clave para evitar problemas con la autoridad.



