La Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) publicó el proyecto de Norma Oficial Mexicana 175, que busca limitar las emisiones contaminantes de motocicletas nuevas con motor a gasolina en México. La medida responde al incremento exponencial en la venta de estos vehículos y su impacto en siniestros de tránsito y emisiones de gases de efecto invernadero.
La norma, alineada con estándares internacionales, establece la obligación de fabricantes e importadores de certificar las emisiones de unidades con motores de 280 centímetros cúbicos o más. La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) será la encargada de otorgar el Certificado NOM por línea de motocicleta y año modelo.
La industria deberá presentar información de laboratorios de emisiones para verificar que los contaminantes no excedan los niveles permitidos. La Profepa realizará verificaciones aleatorias a motocicletas nuevas, tanto nacionales como importadas, midiendo los gases de escape en dos ocasiones. Los resultados podrán variar hasta un 10% respecto a la certificación, o un 15% si la autoridad selecciona la unidad.
En tanto no exista infraestructura de laboratorios en México, se aceptarán informes de certificación del país de origen. Las motocicletas deberán contar con sistema de diagnóstico a bordo (OBD), con umbrales de emisión de 2.17 g/km de monóxido de carbono (CO), 0.63 g/km de hidrocarburos (HCT) y 0.45 g/km de óxidos de nitrógeno (NOx). Los límites permisibles serán de 1.14 g/km de CO, entre 0.17 y 0.38 g/km de HCT, y entre 0.07 y 0.09 g/km de NOx.
El proyecto de NOM 175-Semarnat 2026 entrará en vigor de forma gradual como norma definitiva a los 180 días naturales posteriores a su publicación. La propuesta fue aprobada por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con participación de Semarnat, las secretarías de Energía y Economía, la Comisión Ambiental de la Megalópolis, Profepa y la Asociación Mexicana de Fabricantes e Importadores de Motocicletas.



