El Primer Juzgado en Materia Penal en la Ciudad de México dictó una resolución que modifica las medidas cautelares aplicadas a Brenda Quevedo, procesada en el expediente correspondiente al secuestro y asesinato de Hugo Alberto Wallace. La sentencia establece que la imputada permanecerá bajo régimen de prisión domiciliaria, lo que conlleva la eliminación inmediata del brazalete electrónico que utilizaba para su monitoreo. Esta decisión pone fin a más de 15 años de prisión preventiva contra la mujer.
Solicitud legal y argumentos de defensa
El cambio en el estatus jurídico de Quevedo fue solicitado directamente por su representante legal. Durante el proceso, la defensa argumentó dos puntos fundamentales para justificar la modificación: por un lado, destacó que el comportamiento de su representada ha sido siempre respetuoso dentro del sistema penal; por otro lado, señaló padecimientos de salud específicos que requieren atención médica especializada, la cual no puede ser brindada adecuadamente en el centro penitenciario. La familia Wallace y la Fiscalía General de la República (FGR) se pronunciaron en contra de esta determinación judicial.
Las partes oficiosas, incluyendo a los familiares de la víctima, manifestaron su desacuerdo asegurando que la medida no elimina el riesgo potencial hacia otros miembros de la familia Wallace. Hicieron énfasis en que la muerte de Isabel Miranda de Wallace, madre de la víctima, no constituye un factor que reduzca la peligrosidad percibida o el peligro para los restantes parientes involucrados en el litigio. A pesar de estas objeciones, el tribunal procedió a resolver a favor de la solicitud de la defensa.
Restricciones y custodia de la Guardia Nacional
La resolución judicial impone condiciones estrictas para el cumplimiento de la prisión domiciliaria. Se prohíbe terminantemente a Brenda Quevedo salir de la zona conurbada de la Ciudad de México, limitando así su movilidad geográfica. Además, deberá mantener una custodia permanente bajo la vigilancia de la Guardia Nacional, quienes serán responsables de asegurar el cumplimiento de las normas establecidas. La imputada también está obligada a presentarse físicamente para firmar su comparecencia cada cuatro meses ante las autoridades competentes.
Otra de las restricciones dictadas por el juzgado es la prohibición de acercarse a la parte acusadora, esto es, a los familiares de Hugo Alberto Wallace y sus representantes legales, con el fin de evitar cualquier tipo de confrontación o acoso. En el evento hipotético de que Brenda Quevedo desee viajar fuera del territorio nacional, deberá solicitar autorización judicial previa, la cual será evaluada caso por caso según los criterios del juez encargado del expediente.
Contexto del juicio y próximos pasos
Este caso judicial lleva aproximadamente 18 años en trámite, marcando uno de los procesos penales más prolongados en la historia reciente de México. La resolución actual representa un hito procedural en la etapa final del juicio, aunque no implica una absolución ni un veredicto sobre la culpabilidad. La implementación de estas nuevas medidas comenzará de inmediato, con la retirada del dispositivo electrónico y la transferencia de la responsabilidad de vigilancia a la Guardia Nacional.
Los siguientes pasos incluyen la supervisión directa por parte de las fuerzas de seguridad asignadas y el seguimiento de los reportes de firma cuatrimestral. La fiscalía y la familia de la víctima mantienen su posición de oposición, lo que podría derivar en recursos legales adicionales si consideran que la aplicación de la ley no ha sido adecuada. El juicio por los hechos ocurridos continuará su curso administrativo y judicial bajo estas nuevas circunstancias de libertad restringida.



