Nuevo artículo contra el fraude digital en la Ciudad de México
El Congreso de la Ciudad de México, en conjunto con la Jefatura de Gobierno, publicó este miércoles en la Gaceta Oficial un decreto que adiciona el Artículo 231 Bis al Código Penal local. Esta nueva disposición establece sanciones de tres a seis años de prisión y multas de 200 a 600 unidades de medida y actualización (equivalentes a más de 70 mil pesos) para quienes cometan engaños digitales.
¿Qué se considera engaño digital?
El artículo sanciona a quienes, mediante la creación o uso de mensajes, páginas electrónicas, dominios, aplicaciones o cualquier otra interfaz tecnológica que simule ser legítima, induzcan a una persona a revelar, capturar o proporcionar datos personales, financieros o de autenticación, con el fin de obtener un beneficio indebido para sí o para un tercero, o para causar un perjuicio.
Incremento de penas para grupos prioritarios
Las penas previstas se incrementarán hasta en un 50% cuando la víctima sea una persona con discapacidad, una persona mayor o un menor de edad. Esta medida busca proteger a los sectores más vulnerables de la población frente a las crecientes amenazas digitales.
Entrada en vigor
La nueva disposición entrará en vigor a partir de este jueves 23 de julio de 2026. El decreto está firmado por la jefa de Gobierno, Clara Brugada, y por Jesús Sesma, presidente de la Mesa Directiva del Congreso de la Ciudad de México, entre otros diputados y servidores públicos.
Contexto global del fraude digital
A nivel global, el fraude digital se consolida como un problema económico de gran escala. Los hackers suelen aprovechar contraseñas fáciles y técnicas de ingeniería social para cometer fraudes. Con esta reforma, la Ciudad de México busca fortalecer la seguridad digital y disuadir a los delincuentes cibernéticos.



