La Fiscalía General de la República (FGR) continuará el proceso penal relacionado con el incendio ocurrido el 5 de junio de 2009 en la Guardería ABC, en Hermosillo, Sonora, donde murieron 49 niñas y niños y decenas más resultaron lesionados. La determinación deriva de una resolución emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al resolver un amparo en revisión vinculado con este caso.
Fallo de la SCJN permite avanzar
De acuerdo con la FGR, el fallo permite seguir adelante con la causa penal iniciada por la Fiscalía Especial de Investigación y Litigación de Casos Complejos, adscrita a la Fiscalía Especializada de Control Regional. El procedimiento se sigue contra dos funcionarios del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), quienes fueron vinculados a proceso por los delitos de homicidio culposo y lesiones culposas, bajo la modalidad de comisión por omisión.
La institución señaló que la decisión de la Corte fortalece el acceso a la justicia para grupos de atención prioritaria, particularmente niñas y niños, quienes fueron víctimas directas de los hechos ocurridos en la estancia infantil.
Argumentos de prescripción rechazados
El juicio de amparo indirecto fue promovido bajo el argumento de que la acción penal ya había prescrito. También se planteó que no resultaba aplicable el último párrafo del artículo 106 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, al considerar que la regla especial de prescripción solo opera para los delitos previstos en el artículo 107 Bis del Código Penal Federal.
Entre esos delitos, sostuvo la parte quejosa, no se encuentran el homicidio culposo ni las lesiones culposas, por lo que el asunto debía regirse por las reglas generales de prescripción. Sin embargo, el Juzgado de Distrito negó el amparo. Tras esa resolución, la parte inconforme interpuso un recurso de revisión.
Violaciones graves a derechos humanos
Al analizar el caso, la Suprema Corte determinó que los delitos relacionados con el incendio de la Guardería ABC constituyen violaciones graves a derechos humanos, por lo que no procede declarar prescrita la acción penal. El Alto Tribunal sostuvo que, en casos de esta naturaleza, debe privilegiarse el derecho a la verdad y a la justicia, así como la obligación de combatir la impunidad.
También señaló la importancia de evitar la repetición de hechos similares y de impedir que crímenes graves queden en el olvido. La Corte estableció que, para esos efectos, no resulta jurídicamente determinante si la conducta atribuida fue dolosa o culposa, o si derivó de una acción u omisión.
Compromiso de la FGR
La FGR destacó que la resolución toma en cuenta la multiplicidad de bienes jurídicos afectados, así como los derechos humanos vulnerados en perjuicio de niñas, niños y sus familias, estas últimas reconocidas como víctimas indirectas. Finalmente, la Fiscalía reiteró su compromiso de continuar con el esclarecimiento de los hechos y combatir la impunidad, con respeto al debido proceso.



