Día de la Bandera 2026: ¿Descanso obligatorio o jornada laboral normal?
En México, el 24 de febrero se conmemora el Día de la Bandera, una de las celebraciones patrias más significativas del país. Sin embargo, contrario a lo que muchos podrían pensar, esta fecha no está reconocida como un día de descanso obligatorio para los trabajadores, según lo establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT).
¿Qué dice la Ley Federal del Trabajo al respecto?
De acuerdo con el artículo 74 de la LFT, el Día de la Bandera no forma parte del calendario oficial de días feriados. Esto significa que, para la mayoría de los empleados, el 24 de febrero es una jornada laboral normal, sin derecho a pagos adicionales como el salario triple que aplica en festivos oficiales.
La importancia del descanso y el tiempo en familia durante los asuetos es innegable, pero en este caso, los trabajadores deben planear sus actividades considerando que no habrá interrupción laboral por esta conmemoración patriótica.
Excepción para estudiantes y docentes
Aunque el Día de la Bandera no implica asueto en las escuelas, el calendario de la Secretaría de Educación Pública (SEP) marca que los estudiantes de educación básica—preescolar, primaria y secundaria—no tendrán clases el viernes 27 de febrero de 2026. No obstante, este descanso no está relacionado con la celebración del 24 de febrero, sino que se debe a la realización de la sesión ordinaria del Consejo Técnico Escolar (CTE).
Es crucial destacar que, en este día libre para estudiantes, los profesores y directivos sí deben asistir a laborar en las instituciones educativas, ya que el CTE requiere su participación activa para planear y evaluar actividades académicas.
Calendario de días de asueto oficial en 2026
Según la LFT, tras el descanso de marzo, los días de descanso obligatorio restantes para el año 2026 son los siguientes:
- 1 de mayo (Viernes): Día del Trabajo.
- 16 de septiembre (Miércoles): Día de la Independencia de México.
- 17 de noviembre (Lunes): Conmemoración del inicio de la Revolución Mexicana (se recorre del 20 de noviembre).
- 25 de diciembre (Viernes): Navidad.
Estas fechas sí garantizan un descanso pagado para los trabajadores, a diferencia del Día de la Bandera, que se mantiene como un día laboral común.
Reflexión final
Mientras los estudiantes disfrutan de un breve receso a finales de febrero, los trabajadores deben continuar con sus actividades normales el 24 de febrero. Este escenario subraya la importancia de conocer las disposiciones legales para planear adecuadamente el tiempo personal y familiar. La LFT define claramente los días festivos, y en este caso, el Día de la Bandera queda fuera de esa lista, aunque su valor simbólico permanece intacto en la conciencia nacional.