La Suprema Corte avala preferencia a normalistas en el magisterio
Cada jornada, millones de niñas y niños mexicanos acuden a las aulas con el propósito fundamental de aprender, desarrollar habilidades y comprender el complejo mundo que los rodea. La calidad de esta experiencia formativa depende, en medida determinante, de quienes están al frente de su educación. Por ello, la decisión sobre cómo seleccionar a quienes guiarán el aprendizaje de las nuevas generaciones constituye una elección que modela directamente el destino nacional.
Una resolución unánime con profundas implicaciones
El pasado 6 de enero, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó por unanimidad una ley que otorga prioridad de ingreso al magisterio a las y los egresados de las escuelas normales públicas, de la Universidad Pedagógica Nacional (UPN) y de los Centros de Actualización del Magisterio (CAM). Esta resolución se fundamentó en el argumento del "fortalecimiento institucional", colocando este principio incluso por encima de los criterios de igualdad de condiciones establecidos en el artículo 3 constitucional.
El ministro ponente Irving Espinosa Betanzo basó su decisión en las intenciones expresadas durante la iniciativa de reforma educativa de 2019, particularmente en la revalorización del magisterio. Sin embargo, surge una pregunta fundamental: ¿estos criterios garantizan realmente la calidad en la preparación de las y los docentes que llegarán a las aulas?
Un criterio de fortalecimiento que genera exclusión
Para el ministro en retiro José Ramón Cossío Díaz, esta resolución representa lo que él denomina "la mera recuperación del viejo y peligroso espíritu del legislador". Se refiere a un método de interpretación constitucional donde el alcance de las normas depende de cómo las y los ministros infieren intenciones políticas, en lugar de analizar rigurosamente la Constitución y sus principios fundamentales.
De esta manera, se deja de lado el interés superior de la niñez, y se confunden dos objetivos que no necesariamente están conectados: asegurar que las escuelas normales, UPN y CAM sean atractivas como trampolín profesional y fortalecer su capacidad académica real. El riesgo evidente es que el privilegio de acceso no se acompañe de políticas que garanticen mejoras sustanciales en:
- Infraestructura educativa
- Programas de estudio actualizados
- Capacitación docente continua en las instituciones formadoras
Con esta decisión, la Corte transforma el mandato de fortalecimiento institucional en una garantía prácticamente automática de contratación. Esta situación disminuye la competitividad y los estímulos para una mejor preparación profesional. A cambio, se otorga un esquema de protección administrativa que evita problemas políticos al actual Gobierno.
La ingeniería del proceso de admisión docente: cómo opera la USICAMM
Para comprender la gravedad del fallo, es necesario observar detenidamente cómo operan las convocatorias de la Unidad del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros (USICAMM). A grandes rasgos, el proceso sigue una línea secuencial:
- Las personas interesadas presentan evidencias de su preparación
- Se realizan diagnósticos de competencias
- Se acreditan cursos específicos para sumar puntos
- Los resultados se organizan de mayor a menor puntaje
- Las plazas se entregan a quienes obtienen las calificaciones más altas
Sin embargo, una posible implicación del fallo de la SCJN es que ahora se generen dos bloques claramente diferenciados de aspirantes:
- La "lista 1": normalistas públicos y egresados de UPN y CAM
- La "lista 2": provenientes de universidades públicas y privadas
Esta división podría llevar a que se agote la totalidad de la primera lista antes de ofrecer una sola plaza a la segunda, independientemente de los méritos individuales.
La investigación de Bedoya, de Hoyos y Estrada sobre la reforma educativa previa en México encontró que los sistemas basados en el mérito mejoran directamente el aprendizaje del estudiantado. Por el contrario, favorecer el origen institucional sin asegurar la calidad de las escuelas de maestros debilita los mecanismos que garantizan que las y los mejores profesionales lleguen efectivamente a las aulas.
La contradicción entre discurso y recursos asignados
Para determinar si esta medida de la SCJN contribuye realmente a la meta de "fortalecer las instituciones formadoras de docentes", conviene revisar qué tanto ha invertido el Estado a ese fin específico. Los datos revelan una realidad preocupante:
- Entre 2018 y 2026, el presupuesto de la UPN disminuyó 15.6% en términos reales
- El presupuesto destinado a educación normal en la Ciudad de México cayó 21.2%
- El gasto por docente en desarrollo profesional se desplomó 77.4%, pasando de poco más de 400 pesos a menos de 100 pesos por docente
Estas cifras plantean una pregunta incómoda sobre la coherencia entre la normativa aprobada y las decisiones presupuestales concretas. No se puede asumir que alcanzaremos el máximo logro de aprendizajes que prescribe la Constitución, si se debilita financieramente a quienes forman a las y los maestros. La excelencia educativa no se construye únicamente con resoluciones judiciales, sino con inversión sostenida que permita a las instituciones robustecer programas académicos que aseguren que las personas egresadas son verdaderamente las mejores preparadas.
Una propuesta para conciliar equidad y excelencia educativa
La decisión de la Suprema Corte puede representar un retroceso significativo si no se fortalecen simultáneamente las instituciones que forman a los docentes. Con la intención declarada de "revalorización del magisterio", se han puesto las condiciones para regresar al proteccionismo laboral, que confunde mérito individual con afiliación institucional.
Una alternativa ante este escenario sería establecer un rango o puntaje sobresaliente en las evaluaciones de ingreso. Bajo este esquema, cualquier aspirante que alcance este nivel de excelencia se integraría a una lista de asignación inmediata, sin importar si proviene de una institución pública o privada, o si las unidades administrativas tienen otras prioridades.
Esta propuesta no elimina completamente el criterio de preferencia para las normales públicas, siempre y cuando sus egresados y egresadas coincidan con los perfiles más destacados. De esta manera se genera un incentivo real para la mejora institucional, empujando a las escuelas normales, UPN y CAM a competir por la calidad de sus egresados, en lugar de depender de plazas aseguradas por decreto. Al robustecer la capacidad académica y de investigación educativa para mejorar la formación de formadoras y formadores, finalmente se estaría logrando el objetivo genuino de fortalecimiento institucional.
Hacia una verdadera revalorización docente
El Estado debe atender con seriedad su responsabilidad de financiar de manera sostenida la formación docente de calidad. El interés superior de la niñez debe ser la brújula que guíe todas las decisiones, y no consideraciones políticas o gremiales de corto plazo. La resolución unánime de los nuevos ministros de la Corte preocupa no sólo por la lógica política que la guió, sino por sus consecuencias prácticas en las aulas.
Con esta decisión, se aleja aún más la posibilidad de construir un sistema educativo que atraiga a las personas mejor preparadas e innovadoras, aquellas que puedan lograr el máximo aprendizaje de sus estudiantes. La excelencia educativa requiere tanto de marcos normativos adecuados como de inversión consistente y evaluación basada en méritos demostrables.
Marco Antonio Fernández Martínez es director de la Iniciativa de Educación con Equidad y Calidad y profesor-investigador en la Escuela de Gobierno y Transformación Pública, ambas del Tec de Monterrey. Coordina, además, el programa de Educación y Anticorrupción en México Evalúa. Ana Gabriela Nuñez y Javier Patiño García son investigadores de la Iniciativa de Educación con Equidad y Calidad. Éste último es también investigador asociado de México Evalúa. Los autores agradecen las observaciones de Sandra Reyes, Roberto de la Rosa, Daniel Hernández y Karla Contreras.