La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que Grupo Xcaret, empresa que opera el parque acuático y temático en la Riviera Maya, debe retirar de sus espacios de publicidad cualquier elemento alusivo al patrimonio cultural maya. Por mayoría de siete votos contra dos, el pleno revocó la suspensión definitiva que un juez en materia administrativa había concedido a la empresa, permitiéndole continuar usando imágenes y símbolos mayas en sus promocionales para atraer turistas.
El caso se originó en 2022, cuando el Gran Consejo Maya de Quintana Roo solicitó a Grupo Xcaret abstenerse de usar imágenes y símbolos de los pueblos originarios del estado. Durante el proceso, la empresa llegó a un acuerdo con algunos miembros del consejo, quienes se desistieron, pero otros integrantes continuaron con la solicitud con el apoyo del Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor), que ordenó el retiro de los elementos del patrimonio cultural maya de la publicidad.
Ante la orden del Indautor, Grupo Xcaret presentó un juicio de amparo, y el Juzgado Décimo Sexto en Materia Administrativa de la Ciudad de México le concedió la suspensión definitiva para seguir usando las imágenes. Sin embargo, en octubre de 2025, el ministro presidente de la SCJN, Hugo Aguilar Ortiz, atrajo el amparo y lo turnó a la ministra María Estela Ríos González, quien propuso al pleno revocar la suspensión.
La ministra Ríos González argumentó que el patrimonio de los pueblos indígenas es de orden público e interés social frente al comercial. Señaló que todo patrimonio cultural de los pueblos indígenas y afromexicanos está reservado para la comunidad correspondiente, y su uso requiere consentimiento libre, previo e informado, conforme a la ley de consulta. En contra de la revocación votó la ministra Yasmín Esquivel Mossa, quien consideró necesario equilibrar los derechos indígenas con el interés de los inversionistas turísticos, mencionando que la empresa genera 65 mil empleos directos e indirectos.
La ministra Lenia Batres Guadarrama respondió a Esquivel Mossa que es una falsa disyuntiva oponer la inversión turística al respeto de los derechos de los pueblos indígenas. Con esta decisión, la SCJN reafirma la protección del patrimonio cultural maya frente a su uso comercial sin autorización.



