Con la temporada vacacional de verano 2026 en marcha, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) ha emitido un recordatorio sobre los derechos que asisten a los pasajeros de transporte aéreo, con el objetivo de que los consumidores estén informados y puedan exigir un trato justo ante posibles retrasos, cobros indebidos o cancelaciones.
Información transparente y tarifas claras
De acuerdo con Profeco, basándose en la Ley de Aviación Civil y la Ley Federal de Protección al Consumidor, los pasajeros tienen derecho a recibir información veraz y oportuna por parte de las aerolíneas. Esto incluye conocer las políticas de compensación, las causas de posibles demoras o cancelaciones, y los requisitos para presentar quejas. La publicidad y la información proporcionada deben ser claras y no inducir a error.
En cuanto a tarifas, las aerolíneas están obligadas a desglosar el costo total del boleto, incluyendo impuestos, comisiones y cualquier otro cargo. Además, deben respetar las tarifas y restricciones acordadas al momento de la compra, y no pueden obligar al usuario a contratar servicios adicionales como seguros o renta de autos.
Devoluciones y cancelaciones
Si un pasajero decide no viajar, puede solicitar la devolución del precio del boleto dentro de las 24 horas siguientes a la compra. Pasado ese lapso, la aerolínea puede establecer las condiciones de cancelación. En caso de retraso o cancelación imputable a la aerolínea, los pasajeros tienen derecho a compensaciones específicas.
Para retrasos de más de una hora y menos de cuatro, la aerolínea debe ofrecer descuentos para vuelos posteriores al mismo destino y/o alimentos y bebidas. Si el retraso supera las dos horas pero es menor a cuatro, el descuento no puede ser inferior al 7.5% del precio del boleto original.
En caso de cancelación por causas atribuibles a la aerolínea, el pasajero puede optar por: el reembolso íntegro del boleto más una indemnización no menor al 25%; transporte sustituto en el primer vuelo disponible, alimentos y, si aplica, alojamiento y transporte terrestre; o transporte en fecha posterior con una indemnización no inferior al 25%.
Equipaje y viajes con menores o mascotas
Los pasajeros pueden documentar sin costo hasta 15 o 25 kg de equipaje, según la capacidad de la aeronave, y llevar dos piezas de mano que no excedan los 10 kg en conjunto, con dimensiones máximas de 55 cm de largo, 40 cm de ancho y 25 cm de alto. En caso de exceder estos límites, la aerolínea puede cobrar un adicional.
Si el equipaje se pierde o sufre daños, la aerolínea debe compensar con hasta 80 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) por equipaje de mano ($9,384.80) y hasta 150 UMA ($17,596.50) por equipaje documentado. Los pasajeros mayores de edad pueden viajar con un menor de hasta 2 años sin costo, sin derecho a asiento ni equipaje, y la aerolínea debe expedir el pase de abordar del infante. Para animales domésticos, las aerolíneas deben garantizar un trato humanitario que minimice el estrés y el sufrimiento.
Ante cualquier incumplimiento, Profeco ofrece respaldo a través de sus canales físicos y digitales para hacer valer estos derechos.



