Vinculan a proceso a sujeto por pornografía infantil en Iztapalapa
Vinculan a proceso por pornografía infantil en Iztapalapa

La Fiscalía General de la República (FGR) obtuvo que un juez vinculara a proceso a Luis “N” por el delito de trata de personas en la modalidad de distribución de pornografía infantil, así como por someter a un menor de edad para producir dicho material. El sujeto fue detenido en un cateo realizado por la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) en la colonia Lomas de la Estancia, alcaldía Iztapalapa.

Detalles del cateo y la vinculación a proceso

Elementos de la SSPC aseguraron equipo de cómputo, una consola de videojuegos y un disco duro durante el operativo, además de rescatar a la víctima menor de edad. Con base en estas evidencias, el Ministerio Público Federal aportó los elementos necesarios para acreditar la probable responsabilidad de Luis “N” en la distribución y almacenaje de imágenes de menores en actos sexuales y exhibicionismo corporal con fines sexuales reales, así como en someter a una persona menor de 18 años para realizar actos pornográficos.

El juzgador concedió al agente del MPF, adscrito a la Fiscalía Especializada en materia de Delincuencia Organizada (FEMDO), un plazo de seis meses para la investigación complementaria, según detalló la FGR en un comunicado. Además, a Luis “N” se le dictó prisión preventiva oficiosa, medida que cumplirá en el Reclusorio Preventivo Varonil Sur, ubicado en la alcaldía Xochimilco, Ciudad de México.

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Sanciones contempladas en la ley

De acuerdo con la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas, quien capture, enganche, transporte, transfiera, retenga, entregue, reciba o aloje a una persona con fines de explotación enfrentará de cinco a 15 años de prisión y multa de mil a 20 mil días. La pena se eleva a 15 a 30 años de prisión y multa de mil a 30 mil días para quien se beneficie de la explotación a través de prostitución, pornografía, exhibiciones sexuales o turismo sexual.

Asimismo, se establecen penas de 10 a 15 años de prisión y multa de mil a 30 mil días para quien someta a una persona a realizar actos pornográficos o se beneficie de la producción de material pornográfico. Para quien comercie o distribuya material sexual a través de cualquier medio, la sanción es de cinco a 15 años de prisión y multa de mil a 30 mil días.

La FGR reiteró su compromiso con la persecución de estos delitos y recordó que la prisión preventiva oficiosa es una medida cautelar para garantizar que el imputado no evada la acción de la justicia.

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