La Fiscalía General de la República (FGR) obtuvo que un juez vinculara a proceso a Luis “N” por el delito de trata de personas en la modalidad de distribución de pornografía infantil, así como por someter a un menor de edad para producir dicho material. El sujeto fue detenido en un cateo realizado por la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) en la colonia Lomas de la Estancia, alcaldía Iztapalapa.
Detalles del cateo y la vinculación a proceso
Elementos de la SSPC aseguraron equipo de cómputo, una consola de videojuegos y un disco duro durante el operativo, además de rescatar a la víctima menor de edad. Con base en estas evidencias, el Ministerio Público Federal aportó los elementos necesarios para acreditar la probable responsabilidad de Luis “N” en la distribución y almacenaje de imágenes de menores en actos sexuales y exhibicionismo corporal con fines sexuales reales, así como en someter a una persona menor de 18 años para realizar actos pornográficos.
El juzgador concedió al agente del MPF, adscrito a la Fiscalía Especializada en materia de Delincuencia Organizada (FEMDO), un plazo de seis meses para la investigación complementaria, según detalló la FGR en un comunicado. Además, a Luis “N” se le dictó prisión preventiva oficiosa, medida que cumplirá en el Reclusorio Preventivo Varonil Sur, ubicado en la alcaldía Xochimilco, Ciudad de México.
Sanciones contempladas en la ley
De acuerdo con la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas, quien capture, enganche, transporte, transfiera, retenga, entregue, reciba o aloje a una persona con fines de explotación enfrentará de cinco a 15 años de prisión y multa de mil a 20 mil días. La pena se eleva a 15 a 30 años de prisión y multa de mil a 30 mil días para quien se beneficie de la explotación a través de prostitución, pornografía, exhibiciones sexuales o turismo sexual.
Asimismo, se establecen penas de 10 a 15 años de prisión y multa de mil a 30 mil días para quien someta a una persona a realizar actos pornográficos o se beneficie de la producción de material pornográfico. Para quien comercie o distribuya material sexual a través de cualquier medio, la sanción es de cinco a 15 años de prisión y multa de mil a 30 mil días.
La FGR reiteró su compromiso con la persecución de estos delitos y recordó que la prisión preventiva oficiosa es una medida cautelar para garantizar que el imputado no evada la acción de la justicia.



