Argentina cae al último lugar en derechos laborales con reforma de Milei
Argentina toca fondo en derechos laborales con reforma de Milei

Argentina ha dado un paso atrás significativo en materia de derechos laborales, según un informe publicado este lunes por la Confederación Sindical Internacional (CSI). El país sudamericano cayó a la categoría 5, la más baja del Índice Global de los Derechos, colocándose entre los diez peores países para los trabajadores a nivel mundial. Este retroceso se atribuye a la reforma laboral impulsada por el presidente ultraliberal Javier Milei, aprobada el 27 de febrero en medio de protestas sindicales y una huelga general.

Reforma laboral: los puntos clave

La denominada "ley de modernización laboral" modifica la Ley de Contrato de Trabajo y otros regímenes, con el objetivo de fomentar el empleo formal, facilitar nuevas contrataciones y reducir la litigiosidad. Sin embargo, los sindicatos la consideran regresiva y anticonstitucional. A continuación, los cuatro pilares de la reforma:

1. Jornada laboral y vacaciones

Se permite extender la jornada diaria de ocho a hasta doce horas sin pago de horas extras. Estas horas se compensan con un banco de horas o francos compensatorios. Además, las vacaciones pueden fraccionarse en tramos de siete días, en lugar del mínimo de catorce que regía anteriormente. Aunque los cambios requieren mutuo acuerdo, los sindicatos advierten que la disparidad de fuerza perjudicará al trabajador.

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2. Indemnizaciones por despido

La reforma reduce los montos de las indemnizaciones y habilita un fondo financiado con contribuciones mensuales deducidas de los aportes jubilatorios para costearlas. También se explicitan criterios de actualización de montos para juicios laborales, y los empleadores pueden pagar sentencias condenatorias en hasta doce cuotas. Matías Cremonte, presidente de la Asociación Latinoamericana de Abogados y Abogadas Laboralistas, señaló que estas modificaciones eliminan el efecto disuasivo de las indemnizaciones sobre los despidos sin causa.

3. Salarios y convenios colectivos

Los empleadores pueden pagar salarios en moneda extranjera o parcialmente en especie (comida, habitación u otros bienes y servicios). Se permite renegociar contratos ajustando salarios según métricas de productividad. Los convenios colectivos por empresa o regionales tendrán prioridad sobre los sectoriales. Además, se derogan algunos estatutos profesionales, como el de los periodistas, lo que ha generado rechazo del Foro de Periodismo Argentino (FOPEA) y los sindicatos del sector.

4. Derecho a huelga

Se establecen porcentajes mínimos de funcionamiento durante huelgas: 75% para telecomunicaciones, aeronáutica comercial y educación; 50% para industrias como medicamentos, siderurgia, alimentos, construcción, minería y comercio electrónico. Las asambleas de personal requieren autorización del empleador, y el trabajador no cobrará por ese tiempo. Cremonte calificó esta restricción como contraria a la normativa de la OIT y la Convención Americana de Derechos Humanos.

Contexto regional

Según la CSI, a nivel mundial seis de cada diez trabajadores enfrentan entornos hostiles a los sindicatos. Argentina, Ecuador y Panamá se encuentran entre los diez peores países del mundo para los derechos laborales, junto a Bielorrusia, Egipto, Esuatini, Birmania, Nigeria, Túnez y Turquía. Brasil, Costa Rica, El Salvador, Perú y Trinidad y Tobago están en el grupo 4 (violaciones sistemáticas). México, junto a Bahamas, Bolivia, Chile, Jamaica y Paraguay, aparece en el grupo 3 (violaciones regulares). Uruguay es el único país latinoamericano en el grupo 1 (violaciones esporádicas), junto a naciones europeas como Alemania, Austria, Dinamarca, Islandia, Irlanda, Noruega y Suecia.

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