Abuso Sexual se Persigue de Oficio en México Tras Reformas al Código Penal Federal
Abuso Sexual se Persigue de Oficio en México Tras Reformas

Abuso Sexual se Persigue de Oficio en Todo México Tras Reformas Legales

Desde el pasado sábado 14 de marzo de 2026, el delito de abuso sexual se persigue de oficio en todo el territorio nacional, tras la publicación en el Diario Oficial de la Federación de las reformas a los artículos 260 y 266 Bis del Código Penal Federal. Estas modificaciones, aprobadas por unanimidad por el Congreso de la Unión el 18 de febrero, representan un avance significativo en la lucha contra la violencia sexual hacia las mujeres.

Origen de las Reformas y Contexto Nacional

Las reformas fueron planteadas a iniciativa de la Secretaría de las Mujeres en noviembre de 2025, días después de que la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo fuera víctima de acoso sexual y tocamientos sin su consentimiento en calles del Centro Histórico de la Ciudad de México. Este incidente, atribuido a un descuido de su personal de seguridad, impulsó la acción legislativa para fortalecer la protección legal.

Sin embargo, la homologación de estas normas en los códigos penales de las 32 entidades federativas avanza lentamente. Hasta ahora, solo 15 estados han promulgado las reformas, mientras que en los restantes están aprobadas en comisiones, lo que subraya la necesidad de coordinación a nivel local.

Nueva Definición de Consentimiento y Delito

Las reformas introducen un concepto renovado sobre el consentimiento en actos sexuales, estableciendo que no puede presumirse del silencio, la pasividad o la falta de resistencia física de la víctima. Tampoco existe consentimiento cuando la voluntad de la víctima ha sido anulada por violencia, intimidación, engaño, amenazas, abuso de confianza, autoridad o situaciones de vulnerabilidad.

El artículo 260 del Código Penal Federal define ahora el delito de abuso sexual como: "Comete el delito de abuso sexual quien sin el consentimiento de la víctima y sin el propósito de llegar a la cópula, realice en el ámbito público o privado, cualquier acto de naturaleza sexual, la obligue a observarlo, o la haga ejecutarlo sobre sí, para un tercero o para el propio sujeto activo". Esta definición amplía la cobertura a actos sexuales sin cópula y abarca tanto espacios públicos como privados.

Sanciones y Medidas de Reparación

Las penas previstas para el delito de abuso sexual incluyen:

  • De tres a siete años de prisión, manteniendo la duración anterior.
  • Multa de 200 a 500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
  • Obligación de tomar talleres reeducativos con perspectiva de género y no violencia contra las mujeres.
  • O bien, prestar servicio social en favor del Estado o instituciones de beneficencia pública para promover medidas de no repetición y un cambio cultural hacia la igualdad sustantiva.

Las sanciones aumentarán en una tercera parte cuando existan agravantes como:

  1. Violencia física, psicológica o moral.
  2. Participación de dos o más personas.
  3. Comisión en lugares despoblados, solitarios o poco accesibles.
  4. Relación de parentesco, vínculo sentimental, afinidad laboral, educativa, docente, deportiva, artística o religiosa.
  5. Víctima bajo efectos de alcohol, fármacos, narcóticos u otras sustancias que afecten su voluntad.
  6. Delito cometido por orientación sexual, identidad o expresión de género de la víctima.

Además, los agresores deberán cumplir con una reparación integral del daño, que incluye atención psicológica especializada para la víctima hasta su total recuperación, conforme a la Ley General de Víctimas.

Declaraciones y Compromisos Gubernamentales

La secretaria de las Mujeres, Citlalli Hernández Mora, celebró la publicación de las reformas y destacó que forman parte del compromiso del Segundo Piso de la Transformación para construir un país donde las mujeres se sientan seguras y puedan desarrollarse personal y profesionalmente. Subrayó que este logro es resultado del trabajo conjunto entre la Presidencia de la República, su secretaría, las cámaras de Diputados y Senadores, y los congresos locales, a través del "Pacto de Xicoténcatl", firmado en noviembre de 2025.

Hernández Mora enfatizó que esta reforma representa "una acción decidida de combate a la violencia sexual a la que se enfrentan las mujeres todos los días en sus hogares, centros de trabajo, transporte y espacio público", marcando un paso crucial hacia la justicia y la protección de los derechos humanos en México.