Diputados aprueba reforma histórica: Abuso sexual será perseguido de oficio
El pleno de la Cámara de Diputados aprobó, por unanimidad absoluta, reformas trascendentales al Código Penal Federal. Estas modificaciones tienen como objetivo principal tipificar el delito de abuso sexual de manera clara y precisa, estableciendo que cualquier acto sexual realizado sin consentimiento será considerado como tal. Además, se determinó que este delito será perseguido de oficio, lo que significa que las autoridades podrán iniciar investigaciones sin necesidad de que la víctima presente una denuncia formal.
Un paso hacia la certeza jurídica y la protección de derechos
Los legisladores votaron a favor de la reforma con un contundente 431 votos a favor, tanto en lo general como en lo particular. Esta decisión modifica los artículos 260 y 266 Bis del Código Penal Federal, con el propósito de brindar certeza jurídica a todas las partes involucradas. La nueva redacción establece reglas claras para las autoridades investigadoras, los jueces y las propias víctimas, reduciendo significativamente los márgenes de interpretación arbitraria que existían anteriormente.
Con esta reforma, México alinea su legislación con estándares internacionales en materia de derechos humanos, dignidad humana y autodeterminación sexual. Se define explícitamente que el abuso sexual incluye actos como obligar a la víctima a exhibir su cuerpo, tocamientos, caricias, roces corporales, exhibiciones o representaciones sexuales explícitas.
Definición clara del consentimiento y sanciones severas
Uno de los aspectos más destacados de la reforma es la definición precisa de lo que no constituye consentimiento. Se establece que la voluntad de una persona se considera anulada o viciada en casos de violencia, intimidación, engaño, amenaza, abuso de confianza, autoridad o situación de vulnerabilidad. Además, se aclara que el silencio, la pasividad o la falta de resistencia física no equivalen a otorgar consentimiento.
Las sanciones impuestas para quienes cometan este delito son severas e incluyen:
- Penas de prisión que van de 3 a 7 años.
- Multas económicas equivalentes a 200 o 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
- Obligación de asistir a talleres reeducativos con perspectiva de género y no violencia contra las mujeres.
- Prestación de servicio social en favor del Estado o instituciones de beneficencia pública.
Estas medidas buscan favorecer la no repetición de los delitos y promover un cambio cultural hacia la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres.
Reacciones de las legisladoras
La diputada del PT, Ana Luisa del Muro, enfatizó la importancia de esta reforma, señalando que "no es un trámite más". Destacó que se trata del derecho de las mujeres a vivir sin miedo, a que sus cuerpos sean respetados y de la obligación del Estado de proteger a las víctimas.
Por su parte, la diputada del PAN, Margarita Ester Zavala, resaltó las nuevas agravantes y la tipificación del delito como de persecución de oficio. Explicó que esta ampliación y clarificación del delito, alineada con estándares internacionales, ayudará a las víctimas a reconocerse como tales y a las autoridades a actuar con mayor precisión.
Esta reforma representa un avance significativo en la lucha contra la violencia sexual en México, fortaleciendo el marco legal y garantizando una protección más robusta para las víctimas.