México implementa nuevo reglamento aéreo con vigilancia 24/7 y zonas restringidas
Nuevo reglamento aéreo en México con vigilancia reforzada

México refuerza la vigilancia aérea con nuevo reglamento publicado en el DOF

Este 10 de febrero de 2026, el Diario Oficial de la Federación (DOF) dio a conocer el Reglamento de la Ley de Protección del Espacio Aéreo Mexicano, marcando un hito en la seguridad nacional. Este documento pone en marcha un sistema integral de vigilancia, control e interceptación aérea, diseñado para monitorear de manera constante el espacio aéreo, emitir alertas tempranas y establecer protocolos rigurosos para detectar vuelos irregulares.

Nuevas reglas para vuelos comerciales, privados y drones

Las disposiciones endurecen el control sobre una amplia gama de aeronaves, incluyendo vuelos comerciales, privados, helicópteros, deportivos y drones. El objetivo principal es bloquear operaciones ilegales, fortalecer la seguridad nacional y proteger la vida de los pasajeros, tanto en territorio nacional como en mares y fronteras. Esto implica una supervisión más estricta y medidas preventivas para evitar incidentes.

Creación del Consejo Nacional de Vigilancia Aérea

El reglamento establece la formación del Consejo Nacional de Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo, un organismo encargado de coordinar decisiones estratégicas en materia de control y seguridad aérea. Sus funciones incluyen:

  • Supervisar riesgos en los cielos mexicanos
  • Definir políticas, protocolos y acciones de seguridad
  • Sesionar de forma ordinaria y extraordinaria
  • Convocar a especialistas civiles del sector aeronáutico
  • Mantener confidencialidad absoluta en asuntos de seguridad nacional

Centro Nacional de Vigilancia: el núcleo operativo

Se fortalece el Centro Nacional de Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo, que actuará como el cerebro técnico y operativo del sistema. Este centro será responsable de:

  • Monitorear el espacio aéreo nacional las 24 horas del día
  • Vigilar vuelos con origen, destino o tránsito por México
  • Detectar aeronaves irregulares o no autorizadas
  • Activar alertas inmediatas ante cualquier riesgo

Zonas restringidas y de vigilancia estratégica

El reglamento define dos tipos de áreas para reforzar la seguridad:

  1. Zonas de Vigilancia y Protección (ZVP): Se activarán en eventos presidenciales, visitas de jefes de Estado, zonas con alta incidencia de vuelos ilegales y áreas estratégicas.
  2. Zonas de Identificación de Defensa Aérea (ADIZ): Funcionarán como franjas de control permanente en fronteras y costas, especialmente en el Golfo de México y el Pacífico, para detectar amenazas antes de que ingresen al territorio nacional.

Detección de vuelos sospechosos e interceptación aérea

El sistema operará mediante la integración de radares terrestres y aéreos, vigilancia desde buques de la Marina, sistemas civiles de navegación aérea e intercambio de información con otros países. Esto permitirá localizar, identificar y seguir aeronaves en tiempo real. En caso de detectar un vuelo sospechoso, las autoridades clasificarán los eventos en tres niveles de riesgo:

  • Traza de interés: seguimiento preventivo ante comportamientos irregulares
  • Vuelo no autorizado: aeronave sin plan de vuelo o con violaciones al reglamento, susceptible de interceptación
  • Vuelo clandestino: operación deliberadamente oculta, que activa un operativo total y posibles consecuencias penales
La interceptación aérea será regulada formalmente, permitiendo a la Fuerza Aérea Mexicana desplegar aeronaves interceptoras para verificar identidad, establecer comunicación o solicitar aterrizaje inmediato, como último recurso y bajo supervisión estricta.

Impacto en la vida diaria y entrada en vigor

Las nuevas disposiciones afectarán diversos sectores:

  • Pasajeros: mayor seguridad, vigilancia constante y respuesta rápida ante emergencias
  • Vuelos privados y helicópteros: controles más estrictos, planes de vuelo detallados y monitoreo permanente
  • Drones: mayor regulación en zonas sensibles y sanciones por invadir espacios restringidos
  • Aeropuertos: refuerzo de protocolos ante aterrizajes irregulares y coordinación con fuerzas federales
El reglamento entra en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF. Establece que en un plazo máximo de un año se publicará el Manual de Operación del Centro Nacional de Vigilancia, y todas las dependencias ajustarán sus normas internas en consecuencia.