Diputados Declaran Constitucional el Plan B que Limita Presupuestos Locales
La Cámara de Diputados ha declarado el carácter constitucional de la reforma conocida como Plan B, que establece límites estrictos a los presupuestos de los congresos locales y redefine la integración de los ayuntamientos en todo el país. Esta decisión llega tres semanas después de que senadores del Partido Verde frenaran el empalme de la revocación de mandato con las elecciones federales propuestas en el mismo plan.
Notificación Oficial y Cómputo de Votos
La presidenta de la Mesa Directiva de San Lázaro, Kenia López Rabadán, notificó al pleno de los diputados que se había completado el cómputo de votos aprobatorios de la mayoría de las legislaturas estatales y de la Ciudad de México. En seguida, la parlamentaria de Acción Nacional remitió el proyecto de declaratoria de aprobación a la Cámara de Senadores para continuar con el proceso legislativo.
La secretaria de la Mesa Directiva, diputada Julieta Villalpando Riquelme de Morena, enumeró los 19 votos aprobatorios de las legislaturas de:
- Baja California
- Baja California Sur
- Campeche
- Chiapas
- Colima
- Guerrero
- Hidalgo
- México
- Oaxaca
- Puebla
- Quintana Roo
- San Luis Potosí
- Sinaloa
- Tabasco
- Tamaulipas
- Tlaxcala
- Veracruz de Ignacio de la Llave
- Yucatán
- Ciudad de México
Modificaciones Constitucionales y Plazos
Las modificaciones a los artículos 115, fracción I, párrafo primero, y 116, fracción II, párrafo segundo, junto con la adición al artículo 134, quedaron listas este martes para su promulgación en el Diario Oficial de la Federación. A partir de que la reforma sea vigente, cada municipio será gobernado por un ayuntamiento de elección popular directa, integrado por:
- Un presidente o presidenta municipal
- Una sindicatura
- Hasta quince regidurías
Todo ello de conformidad con los principios de paridad de género vertical y horizontal.
En cumplimiento con el decreto, los congresos locales deberán modificar sus constituciones para que sus presupuestos anuales no excedan del 0.70% de los egresos que le correspondan a la entidad. Además, las remuneraciones de las personas consejeras electorales, magistradas y magistrados electorales, titulares de secretarías de órganos administrativos y titulares de áreas ejecutivas y técnicas u homólogos del Instituto Nacional Electoral, los organismos públicos locales electorales y los tribunales electorales de las entidades federativas, no deberán ser superiores a lo que gana el titular del poder ejecutivo.
Para adecuar sus leyes, los congresos estatales tendrán un plazo que concluirá el próximo 30 de mayo, lo que marca un hito en la reestructuración de las finanzas y la gobernanza local en México.



