Suprema Corte rechaza amparo de Walmart para extender tasa cero de IVA en productos de higiene menstrual
En una decisión significativa, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha rechazado el amparo solicitado por la cadena comercial Walmart, el cual buscaba aplicar la tasa cero del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a todos los productos de higiene íntima para mujeres y personas menstruantes. La resolución, tomada por mayoría de cinco votos, confirma que la exención fiscal se limita exclusivamente a toallas sanitarias, tampones y copas menstruales, tal como establece la reforma fiscal publicada en noviembre de 2021.
Detalles de la decisión judicial
Los ministros de la Corte determinaron que Walmart no tiene legitimación para tramitar este amparo, ya que la empresa no representa directamente los derechos de las consumidoras finales, quienes son las que efectivamente pagan el impuesto sobre los productos excluidos. La propuesta, presentada por el ministro Irving Espinosa Betanzo, incluía extender la tasa cero a artículos como:
- Pantiprotectores
- Ropa interior desechable o de tela para menstruar
- Parches para cólicos
- Otros productos relacionados con la gestión menstrual
Sin embargo, la mayoría de la Corte consideró que solo las organizaciones de la sociedad civil defensoras de los derechos de las mujeres y personas menstruantes, o las personas directamente afectadas por la limitación fiscal, están legitimadas para impugnar esta reforma.
Consecuencias y próximos pasos
Tras desechar el proyecto, la ministra Lenia Batres Guadarrama, quien votó en contra de la propuesta, se autoasignó la tarea de elaborar un nuevo proyecto de resolución. Este documento deberá reflejar las consideraciones de la mayoría de los ministros y será analizado en la ponencia correspondiente. La decisión subraya que la reforma fiscal de 2021, publicada en el Diario Oficial de la Federación, mantiene su vigencia sin modificaciones en este aspecto, protegiendo solo a los productos específicamente mencionados.
Esta resolución tiene implicaciones importantes para el comercio minorista y los consumidores, ya que establece un precedente sobre quiénes pueden desafiar leyes fiscales en materia de derechos de género. Mientras tanto, los productos de higiene íntima no incluidos en la exención seguirán sujetos al IVA estándar, lo que podría impactar en su accesibilidad económica para muchas personas en México.
