La exigencia legítima de prestaciones económicas y la defensa del fondo de pensiones han derivado en una grave crisis laboral y legal para un grupo significativo de servidores públicos en Nayarit. Los empleados del gobierno estatal, afiliados al Sindicato Único de Trabajadores al Servicio del Estado y Municipios (SUTSEM), han sido sometidos a procesos judiciales penales bajo acusaciones que van desde la "apología del delito" hasta los "ataques a las vías de comunicación". Esta medida, impulsada por la administración del gobernador Miguel Ángel Navarro Quintero, ha resultado en la reducción salarial, la separación inmediata de sus puestos y el estigma social de ser catalogados como delincuentes, en lugar de ser reconocidos como trabajadores ejerciendo su derecho constitucional a la manifestación.
Criminalización de la protesta sindical
Lo que comenzó como movilizaciones pacíficas para reclamar recursos pendientes se transformó en una carpeta de investigación penal elaborada por la Fiscalía General del Estado. Según denuncian los afectados, la institución fiscalizadora está siendo utilizada instrumentalmente para desarticular las estructuras sindicales, intimidar a los participantes y aislar a los representantes electos por sus compañeros. Luz Adriana Rodríguez Rodríguez, trabajadora con 23 años de servicio ininterrumpido dentro de la propia fiscalía estatal y representante sindical, fue una de las primeras en enfrentar estas acusaciones.
Rodríguez Rodríguez explicó en entrevista con Excélsior que su imputación se basó exclusivamente en su asistencia a ruedas de prensa y su apoyo público a las huelgas. "Creo que mal haría no apoyándolo, porque para eso me eligieron mis compañeros", afirmó, destacando la falta de antecedentes administrativos previos y la naturaleza representativa de su rol. Sin embargo, la fiscalía interpretó sus declaraciones públicas como un intento de influir en otros funcionarios para participar en bloqueos o paralizaciones, conducta que tipificó ilegalmente como apología del delito.
Estrategia legal y vulneración de derechos
El proceso punitivo tuvo un antecedente claro el 17 de octubre de 2025, cuando la entonces subfiscal Ludmila Heredia anunció públicamente que la fiscalía había identificado a varios participantes en las protestas. En esa ocasión, se advirtió que se solicitaría su suspensión laboral y la afectación de sus salarios, argumentando que la participación de servidores públicos en movilizaciones constituía diversos delitos. A finales de ese mismo mes, los citatorios comenzaron a llegar a los domicilios de los trabajadores, marcando el inicio de su persecución institucional.
Uno de los aspectos más críticos señalados por la defensa es la irregularidad en el procedimiento judicial. Los abogados defensores tuvieron acceso a la carpeta de investigación el mismo día de la audiencia, disponiendo apenas de unas dos horas para revisar un expediente voluminoso antes de presentarse ante el juez. Esta falta de tiempo impidió una preparación adecuada de la estrategia de defensa, vulnerando el debido proceso garantizado por la Constitución.
Pruebas digitales y ambigüedad jurídica
La base probatoria utilizada por el Ministerio Público se sustentó casi enteramente en la vigilancia digital de las redes sociales del sindicato. Fotografías, transmisiones en vivo, videos y publicaciones en Facebook fueron utilizados para ubicar a los empleados en conferencias de prensa, plantones y manifestaciones. Los trabajadores enfatizan que estos materiales solo acreditan su presencia física en actividades sindicales legales, sin contener evidencia alguna de planeación de actos violentos, daños a bienes públicos o agresiones contra personas.
No obstante, la fiscalía utilizó estas imágenes para sostener la teoría del delito de ataques a las vías de comunicación. Este cargo se relaciona con la ocupación temporal de calles y cruceros durante algunas de las movilizaciones organizadas para presionar por el pago de adeudos. El artículo 198 del Código Penal de Nayarit establece sanciones de cinco días a dos años de prisión para quien obstruya vías de comunicación. Sin embargo, los expertos y los propios afectados señalan que esta interpretación contraviene directamente la libertad de libre manifestación protegida por los artículos 6 y 7 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el derecho de reunión consagrado en el artículo 9.
Consecuencias a largo plazo para la función pública
El impacto de estas acciones legales trasciende lo individual, afectando la estabilidad laboral de empleados con décadas de servicio al estado. Al ser declarados sujetos de investigación y posteriormente puestos a disposición del gobierno estatal bajo la premisa de que ya no eran requeridos en sus funciones, muchos han visto truncada su trayectoria profesional. La estigmatización resultante dificulta su reinserción laboral y genera un clima de miedo entre el resto del personal administrativo, disuadiendo futuras demandas justas por condiciones laborales dignas.
Este caso en Nayarit representa un precedente alarmante sobre el uso del aparato jurídico-penal para resolver conflictos laborales internos. Al convertir la protesta social en un delito penal, se socava la democracia interna de los sindicatos y se viola el derecho fundamental de los trabajadores a asociarse y defender sus intereses económicos. La comunidad exige ahora una revisión exhaustiva de estas carpetas de investigación y la restitución inmediata de los empleos y salarios retenidos a los trabajadores perseguidos.



