SCJN falla contra mujer defendida por Zaldívar en caso Solid Gold
SCJN falla contra mujer defendida por Zaldívar

En una decisión dividida, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que Claudia Ivonne Sánchez Mayorga es responsable del delito de explotación sexual, del que obtuvo beneficios económicos, en el caso conocido como “Solid Gold”. La votación fue de cinco votos a favor y tres en contra.

Antecedentes del caso

El expresidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, actual coordinador general de Política y Gobierno, instruyó al Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP) para que revisara y atendiera la defensa de Sánchez Mayorga, quien trabajaba en una cadena de centros nocturnos. En 2022, Zaldívar visitó el Centro de Reinserción Femenil de Santa Martha Acatitla para reunirse con ella, quien cumplía una condena de 22 años de prisión y alegaba que su caso no había sido procesado con perspectiva de género.

Tras esa visita, Sánchez Mayorga recuperó su libertad. Sin embargo, en 2024, un tribunal federal revisó el caso y ordenó su reaprehensión. La sentenciada promovió un amparo para evitar ser detenida nuevamente, y el asunto llegó a la SCJN como Amparo Directo 29/2025.

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Resolución de la Corte

El proyecto de resolución, a cargo del ministro Arístides Rodrigo Guerrero García, determinó que la mujer sí es responsable de la explotación sexual de dos víctimas, aunque existen más acusaciones en su contra que no fueron consideradas. La Corte ordenó al juez de la causa revisar el expediente y emitir una nueva sentencia, la cual deberá ser menor a los 22 años impuestos inicialmente.

“Las víctimas señalaron que fue la persona imputada quien les exigió tener relaciones sexuales con los clientes que pagaran más de 20 o 30 boletos para ganar más dinero”, explicó el ministro ponente. “Precisaron que la persona imputada era la principal encargada del control de las casas de las mujeres, las atendían, los inmuebles destinados a alojamiento de las víctimas y acudía a las negociaciones… Es decir, no solamente llegan a nuestro país a través del engaño, sino que les obligan a llevar a cabo estas actividades de explotación sexual”, agregó.

Debate sobre perspectiva de género

La ministra María Estela Ríos González generó controversia al señalar que no todos los casos con mujeres involucradas deben analizarse con perspectiva de género, ya que en este caso la sentenciada estaba consciente de su actividad como administradora del table dance. “La señora actuaba en nombre de esa empresa, sabía exactamente como administradora qué actividades debía realizar. Entonces, no podemos decir que fue ajena a todo el conglomerado de personas que estuvieron actuando… Y yo coincido en que no en todos los casos debe aplicarse la perspectiva de género, porque también implicaría que todas las mujeres estamos sujetas a una falta de voluntad para tomar decisiones respecto de nuestras conductas y eso a mí no me parece correcto”, afirmó.

El presidente de la SCJN, ministro Hugo Aguilar, destacó la complejidad del caso y la necesidad de no tolerar la explotación sexual. “A mí me preocupa que arribemos o que demos una señal en sentido contrario, porque entonces los llamados halcones que están sentados solo para dar noticias pueden decir ‘yo no estoy cometiendo un acto ilícito’ y podría ser que efectivamente no estén cometiendo por estar sentados en un lugar”, comentó.

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