Juez federal desecha amparo de 'El Abuelo' contra extradición a Estados Unidos
Juez desecha amparo de 'El Abuelo' contra extradición a EU

Juez federal desecha amparo de 'El Abuelo' contra extradición a Estados Unidos

Un juez federal ha rechazado de manera contundente el amparo promovido por Hernán "N", identificado también como "El Abuelo" y señalado como presunto líder del grupo criminal "La Barredora", quien buscaba frenar una posible extradición a Estados Unidos mientras permanece recluido en el penal federal de máxima seguridad del Altiplano.

Demanda desechada por falta de fundamento legal

La demanda de garantías fue presentada ante el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Penal, con sede en Toluca, pero el juez Daniel Marcelino Niño Jiménez determinó desechar el recurso de manera definitiva. El magistrado consideró que el acto reclamado no existe formalmente y, por lo tanto, es jurídicamente improcedente en todos sus aspectos.

En su resolución, el juez federal estableció con claridad que el juicio de amparo no procede contra actos futuros o de realización incierta, debido a que debe existir una afectación real y actual en la esfera jurídica del promovente para que el tribunal pueda intervenir de manera legítima.

Argumentos del presunto líder criminal

En su demanda, el exsecretario de Seguridad Pública de Tabasco, Hernán Bermúdez Requena, alias "Comandante H", argumentó que decidió recurrir al juicio de amparo luego de que, según su testimonio, custodios del penal le informaron que existía una orden de extradición en su contra hacia Estados Unidos.

De acuerdo con el escrito presentado ante el tribunal, el interno relató que el 5 de marzo de 2026, personal del Centro Federal de Readaptación Social No. 1 Altiplano le comentó que "ya me iba al gabacho", presuntamente porque autoridades estadounidenses lo reclamaban de manera formal.

El exfuncionario agregó que esa versión se reforzaba con notas periodísticas de circulación nacional, aunque reconoció de manera explícita que hasta el momento no ha recibido notificación oficial de un procedimiento de extradición por parte de autoridades mexicanas o estadounidenses.

Fundamentos de la resolución judicial

El juez Niño Jiménez concluyó en su análisis que la solicitud de amparo no cumple con los requisitos legales mínimos, ya que el acto reclamado no está acreditado jurídicamente de ninguna manera. La resolución establece textualmente que "por regla el acto reclamado debe existir al momento de la presentación de la demanda".

Según el magistrado, el temor del promovente no constituye por sí mismo una violación a derechos fundamentales, por lo que no se configura una situación jurídica que justifique la intervención del Poder Judicial en este caso específico.

Comentarios de custodios no tienen valor legal

La resolución también destaca de manera enfática que los custodios del centro penitenciario no tienen facultades legales para notificar procedimientos judiciales o de extradición, por lo que sus comentarios no pueden considerarse evidencia de que exista un proceso formal en curso.

El juez explicó detalladamente que tampoco las notas periodísticas presentadas por la defensa acreditan la existencia de una solicitud oficial de extradición, ya que en dichas publicaciones no se confirma la apertura de un procedimiento legal en su contra de manera fehaciente.

Antecedentes del caso

Hernán "N" ha sido identificado por autoridades federales como presunto líder del grupo criminal conocido como "La Barredora", organización vinculada con múltiples actividades delictivas en el sureste del país, particularmente en el estado de Tabasco.

El exfuncionario fue además colaborador cercano del exgobernador de Tabasco Adán Augusto López Hernández, durante su paso por la administración estatal en cargos de seguridad pública. Actualmente permanece recluido en el penal federal del Altiplano, mientras continúan los procesos judiciales en su contra por diversos delitos federales.

La resolución judicial marca un precedente importante en casos de extradición, estableciendo claramente que los temores o comentarios informales no constituyen base suficiente para interponer recursos de amparo, reforzando así el principio de legalidad en el sistema judicial mexicano.