SCJN perfila reducir condena de 10 a 4 años por envenenamiento de perros Athos y Tango
SCJN avala reducir condena por envenenar perros Athos y Tango

SCJN evalúa reducir condena por envenenamiento de perros rescatistas Athos y Tango

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se encuentra analizando una propuesta crucial que podría modificar sustancialmente la sentencia impuesta a Vicente Patiño Albarrán, declarado culpable de envenenar a los perros rescatistas Athos, Tango y Balam en el año 2021, provocando la muerte de los dos primeros.

Proyecto del ministro Espinosa Betanzos

El ministro Irving Espinosa Betanzos presentará esta semana ante el Pleno de la Corte su proyecto de resolución del amparo en revisión 7933/2025. En dicho documento, plantea desechar el recurso interpuesto por el paramédico Edgar Martínez Olguín contra el amparo concedido a Patiño Albarrán.

De ser avalada por la mayoría del Pleno, esta decisión confirmaría el fallo que ordena dictar una nueva sentencia, con lo cual la condena actual de 10 años y 6 meses de prisión por el delito de crueldad animal se reduciría a aproximadamente 4 años.

Reducción en la reparación del daño

Además de la disminución en la pena privativa de libertad, el amparo obtenido por Patiño Albarrán abre la posibilidad de que la reparación del daño también sea significativamente menor. Originalmente, se le habían impuesto más de 2 millones 145 mil pesos, pero esta cifra podría ser reducida en la nueva sentencia.

En su proyecto, el ministro Espinosa Betanzos argumenta que el recurso de revisión es improcedente, ya que no implica analizar un tema de constitucionalidad en el caso específico.

Antecedentes y jurisprudencia

Este caso ya había sido examinado previamente por la SCJN. El 30 de octubre de 2024, la extinta Primera Sala emitió una importante jurisprudencia sobre maltrato y crueldad animal, estableciendo claras diferencias entre ambos delitos:

  • Maltrato animal: Acción u omisión que causa dolor o sufrimiento sin intención de obtener ese resultado.
  • Crueldad animal: Existe voluntad de causar dolor o sufrimiento para provocar placer o beneficio personal.

En aquella ocasión, la Corte negó el amparo a Patiño Albarrán, quien buscaba desde entonces una condena reducida. El expediente regresó entonces a un tribunal Colegiado para su resolución definitiva.

Argumentación del tribunal Colegiado

En octubre de 2025, el tribunal Colegiado finalmente concedió el amparo a Patiño Albarrán, ordenando dejar sin efecto la condena original. Su decisión se basó en el argumento de que los perros víctimas no eran rescatistas profesionales, sino animales domésticos que dependían completamente de un humano para su subsistencia.

El tribunal consideró que, aunque su dueño entrenaba perros para actividades de rescate y los canes habían colaborado en desastres naturales, esta actividad era altruista y voluntaria, sin que mediaran pagos o lucros económicos. Por lo tanto, no podían ser calificados como rescatistas en el sentido estricto de la ley.

Con base en esta interpretación, el amparo ordenó al juez de Querétaro emitir una nueva sentencia con una condena diferente, tomando en cuenta que los perros no tenían la categoría de rescatistas profesionales.

Implicaciones del caso

Este proceso judicial ha generado un amplio debate sobre la protección legal de los animales en México, especialmente aquellos que participan en labores de rescate y asistencia. La posible reducción de la condena ha despertado reacciones encontradas entre organizaciones protectoras de animales y la sociedad en general.

La resolución final de la SCJN establecerá un precedente significativo sobre cómo se aplican las leyes de crueldad animal en casos donde las víctimas son animales con funciones específicas, pero sin un estatus profesional formalmente reconocido.