Senado aprueba nueva Ley Federal de Cine y reformas para proteger artistas de la IA
Nueva Ley de Cine y protección contra IA en México

México actualiza su marco legal cinematográfico tras tres décadas

El Senado de la República aprobó este jueves un paquete legislativo histórico que redefine completamente el marco jurídico del sector audiovisual en México, sustituyendo la Ley Federal de Cinematografía vigente desde 1992 por la nueva Ley Federal de Cine y el Audiovisual. Esta transformación legal busca adaptar la industria a los cambios tecnológicos, económicos y culturales de las últimas décadas, fortaleciendo simultáneamente la protección de los derechos laborales y de autor de los artistas intérpretes.

Cuotas y visibilidad para el cine nacional

La legislación recién aprobada mantiene y refuerza mecanismos clave para promover la producción cinematográfica mexicana. Entre las disposiciones más relevantes se encuentran:

  • La conservación de la cuota mínima del 10% de tiempo de pantalla para obras cinematográficas nacionales en salas de cine
  • La garantía de horarios equitativos de exhibición para películas mexicanas
  • El establecimiento de un periodo mínimo de 14 días para los estrenos nacionales
  • La obligación para las plataformas de video bajo demanda de mantener una sección destacada y permanente dedicada exclusivamente a obras nacionales

Estas medidas buscan ampliar significativamente la presencia del cine mexicano tanto en salas tradicionales como en el creciente universo digital.

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Protección frente a la inteligencia artificial

En paralelo a la nueva ley cinematográfica, el Senado aprobó reformas sustanciales a la Ley Federal del Trabajo y a la Ley Federal del Derecho de Autor, específicamente diseñadas para proteger a los artistas intérpretes frente al uso no autorizado de sus voces e imágenes mediante herramientas de inteligencia artificial.

Las reformas establecen que cualquier reproducción total o parcial de interpretaciones requerirá el consentimiento expreso, libre e informado del artista, así como una remuneración acordada previamente. En caso de violaciones, se impondrán sanciones que van de 50 a 100 Unidades de Medida y Actualización (UMA), las cuales podrán duplicarse en casos de reincidencia.

"La imagen y la voz de una persona, así como los personajes que interprete, solo podrán utilizarse con autorización expresa y bajo las condiciones pactadas", precisa el texto legislativo, estableciendo que cualquier uso distinto requerirá un nuevo consentimiento y pago correspondiente.

Derechos específicos y protección contractual

La nueva legislación reconoce explícitamente el derecho de los artistas a autorizar o prohibir la modificación, imitación o transformación de sus interpretaciones mediante sistemas de inteligencia artificial. Además, establece que:

  1. Los contratos entre artistas y productores no incluirán automáticamente el uso de inteligencia artificial para recrear imágenes o sonidos basados en sus interpretaciones, salvo que se acuerde explícitamente
  2. En caso de ambigüedad contractual, prevalecerá la interpretación más favorable para el artista
  3. Se contemplan mecanismos alternativos de solución de controversias ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor
  4. Se regulan específicamente los contratos publicitarios vinculados con la explotación de interpretaciones artísticas

Accesibilidad y preservación patrimonial

La nueva Ley Federal de Cine incorpora importantes criterios de accesibilidad, exigiendo la inclusión de subtítulos, autodescripción y herramientas tecnológicas para personas con discapacidad auditiva y visual en las producciones cinematográficas.

Asimismo, establece la obligación del Estado mexicano de rescatar, restaurar y preservar el patrimonio cinematográfico nacional, al tiempo que promueve la diversidad cultural con pleno respeto a la libertad de expresión. La legislación también busca fortalecer a la industria cinematográfica nacional mediante políticas que impulsen su desarrollo y fomenten la formación audiovisual como parte del derecho a la educación y la cultura.

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Plazos de implementación

En los artículos transitorios se establece la abrogación formal de la legislación anterior publicada en diciembre de 1992, y se fija un plazo de hasta 180 días hábiles para que el Ejecutivo federal emita el reglamento correspondiente.

Además, la Secretaría de Gobernación contará con 220 días hábiles para adecuar lineamientos y disposiciones, mientras que diversas entidades del sector —como el Instituto Mexicano de Cinematografía, el Centro de Capacitación Cinematográfica, Estudios Churubusco y la Cineteca Nacional— deberán ajustar sus instrumentos normativos en un plazo no mayor a 180 días.

Con estas aprobaciones, el Senado mexicano busca actualizar el marco legal frente a los desafíos tecnológicos y culturales contemporáneos, fortaleciendo simultáneamente la protección de los derechos de creadores y trabajadores del sector audiovisual en México.