Profeco establece reglas estrictas para la venta de boletos de eventos masivos
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) ha emitido nuevos lineamientos obligatorios para todas las empresas boleteras y promotores de eventos en México, incluyendo a Ticketmaster, tras numerosas denuncias por prácticas abusivas en la venta de entradas para conciertos y espectáculos masivos.
Transparencia total en la información
Los lineamientos publicados en el Diario Oficial de la Federación establecen que las empresas deberán proporcionar información clara, veraz y oportuna al público con al menos 24 horas de anticipación al inicio de cada etapa de venta. Esta información debe incluir:
- Fecha exacta del evento y horarios establecidos
- Sede completa con dirección verificable
- Artistas participantes confirmados
- Términos y condiciones aplicables en su totalidad
- Mapa detallado del evento con secciones diferenciadas
- Número exacto de asientos disponibles por cada sección
Además, cualquier modificación a las condiciones originalmente anunciadas deberá notificarse con un mínimo de 24 horas previas al inicio del espectáculo, garantizando que los consumidores cuenten con información suficiente para tomar decisiones informadas.
Precios fijos y compensaciones garantizadas
Los nuevos lineamientos establecen que el precio total anunciado para cada sección no podrá modificarse al momento de la compra y deberá incluir todos los costos adicionales:
- Impuestos aplicables según la legislación vigente
- Comisiones de servicio establecidas
- Seguros opcionales cuando corresponda
- Cualquier otro costo asociado a la transacción
En caso de cancelación del evento, las empresas tendrán la obligación de informar claramente los métodos de devolución del monto pagado. La compensación por cancelación, cuando sea exigida por el consumidor, no podrá ser inferior al 20% del precio total pagado, de acuerdo con la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Servicios adicionales bajo control del consumidor
Los lineamientos especifican que los servicios complementarios, como los paquetes VIP, no podrán incluirse automáticamente en la compra de boletos. Cada servicio adicional debe ser:
- Totalmente opcional para el consumidor
- Informado con claridad antes de la compra
- Verificable en sus características y beneficios
- Separado del precio base del boleto
Para los mecanismos de fila virtual, turnos electrónicos o procesos automatizados, las empresas deberán informar explícitamente que el acceso o permanencia en estos sistemas no garantiza la disponibilidad de boletos, evitando así falsas expectativas entre los consumidores.
Sanciones por incumplimiento
La Profeco ha establecido que las infracciones derivadas del incumplimiento de estos lineamientos se sancionarán conforme a las disposiciones de los Capítulos XIII y XIV de la Ley Federal de Protección al Consumidor. La autoridad podrá requerir a promotores y boleteras toda la documentación necesaria para ejercer sus atribuciones de vigilancia y control.
Estas medidas representan un avance significativo en la protección de los derechos de los consumidores mexicanos frente a prácticas abusivas en la comercialización de entradas para eventos de entretenimiento masivo.