Profeco establece lineamientos obligatorios para venta de boletos de conciertos masivos en México
Profeco pone reglas claras a venta de boletos para conciertos masivos

Profeco impone reglas estrictas para la venta de boletos de conciertos masivos en México

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) ha dado un paso decisivo para regular el caótico mercado de la venta de boletos para conciertos masivos en el país. Tras las numerosas quejas y controversias generadas por eventos como los de BTS, la autoridad ha publicado un acuerdo en el Diario Oficial de la Federación que establece lineamientos obligatorios para promotores y empresas boleteras. Este documento, fechado el 19 de febrero de 2026, busca reforzar la protección de los derechos de los consumidores y erradicar prácticas abusivas como cargos ocultos, precios escalonados y publicidad engañosa, en cumplimiento de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Nuevas reglas clave para conciertos con más de 20 mil asistentes

El acuerdo aplica específicamente para eventos musicales con una capacidad superior a los 20 mil asistentes, marcando un antes y un después en la industria del entretenimiento. A continuación, se detallan los cambios más significativos:

  • Información anticipada: Al menos 24 horas antes del inicio de la venta, las empresas deben proporcionar datos completos sobre todas las secciones disponibles (General, VIP, balcón, etc.), incluyendo el número de asientos y el monto total a pagar en cada zona.
  • Detalles del evento: El promotor responsable está obligado a informar la descripción detallada del recinto, fecha, horario de inicio, artistas principales (excluyendo sorpresas) y los términos y condiciones vigentes.
  • Protección contra cambios: Si se modifican condiciones previamente publicadas, como aspectos logísticos, el promotor debe comunicarlo con al menos 24 horas de anticipación, sin alterar precios o condiciones ya pagadas por los consumidores.

Un ejemplo relevante es el caso del concierto de Bad Bunny, donde se añadieron secciones como "La Casita" y "Los Vecinos". Bajo las nuevas reglas, tales acciones solo podrán realizarse si no interfieren con la experiencia del usuario, de lo contrario, podrían considerarse publicidad engañosa y dar lugar a reembolsos o bonificaciones.

Fin de los precios dinámicos y garantías en ventas por etapas

El acuerdo también aborda prácticas controvertidas en la industria. En primer lugar, se prohíben los precios dinámicos, obligando a los promotores a respetar el monto total anunciado durante todo el periodo de venta. Esto significa que no podrán aplicar incrementos escalonados ni cambios en los términos originalmente ofrecidos, y el precio mostrado al inicio no podrá aumentar al confirmar la compra.

En cuanto a las ventas por etapas (como preventas y venta general), se debe garantizar que haya boletos disponibles en todas las secciones durante cada fase, evitando así simulaciones de disponibilidad limitada. Además, la norma exige proteger los sistemas de venta contra bots, compras masivas automatizadas y duplicidad de entradas, asegurando la validez de los boletos.

Sanciones y procedimientos en caso de incumplimiento o cancelación

Para garantizar el cumplimiento, las infracciones serán sancionadas conforme a los capítulos XIII y XIV de la Ley Federal de Protección al Consumidor, que contemplan multas que pueden oscilar entre 760.89 y 6,391,474.56 pesos, dependiendo de la gravedad del caso, junto con otras medidas administrativas.

En el escenario de una cancelación del concierto, las nuevas reglas establecen que:

  1. La devolución debe realizarse por el mismo monto pagado.
  2. Cuando proceda, la bonificación no podrá ser inferior al 20% del precio del boleto.
  3. El reembolso se efectuará en la misma forma de pago utilizada, a menos que el consumidor acepte otra modalidad.

Estas medidas buscan ofrecer mayor transparencia y seguridad a los miles de fanáticos que asisten a conciertos masivos en México, marcando un hito en la regulación del sector del entretenimiento.