La Suprema Corte protege el salario y crédito de trabajadores durante incapacidades
En una decisión histórica, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha determinado que los descuentos del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) podrán suspenderse temporalmente cuando un trabajador enfrente una incapacidad médica certificada por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Este nuevo criterio judicial busca evitar afectaciones graves al salario, al historial crediticio y al derecho fundamental a la vivienda durante periodos de ausencia laboral por motivos de salud.
¿A quiénes aplica esta suspensión temporal de descuentos?
La resolución establece de manera clara que los descuentos podrán pausarse exclusivamente cuando el trabajador no perciba salario debido a una incapacidad o ausencia médica validada. La medida tiene como objetivo principal proporcionar certeza jurídica y estabilidad económica mientras dure la incapacidad, la cual debe estar debidamente certificada por el IMSS. Anteriormente, la normativa obligaba a los empleadores a mantener los descuentos basándose en la fracción III del artículo 29 de la Ley del Infonavit, incluso en situaciones donde no existiera ingreso salarial, lo que generaba injusticias financieras.
Cambios significativos para trabajadores con crédito Infonavit
Con este nuevo criterio, si no hay salario base durante una incapacidad médica, el patrón no está obligado a realizar aportaciones ni descuentos al Infonavit. Esto implica beneficios concretos para el trabajador, tales como:
- No generar incumplimientos automáticos en su crédito hipotecario.
- Mantener vigente su derecho a la vivienda sin interrupciones.
- Conservar su historial crediticio libre de afectaciones durante el periodo de incapacidad.
El cambio modifica un escenario que, en la práctica, generaba consecuencias negativas para quienes dejaban de percibir ingresos por razones de salud, ofreciendo ahora un mecanismo de protección automático.
Problemas comunes antes de la resolución de la Corte
Antes de este fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la continuidad de los descuentos podía derivar en situaciones críticas, incluyendo:
- Acumulación de adeudos sin el conocimiento pleno del trabajador afectado.
- Reportes negativos en el historial crediticio debido a la falta de pago involuntaria.
- Condiciones de mora con intereses y recargos acumulativos.
- Un periodo sin salario, pero con obligaciones crediticias activas y en crecimiento.
Este esquema anterior colocaba a muchos trabajadores en una posición vulnerable, donde su crédito seguía corriendo sin un respaldo adecuado durante crisis de salud.
Alcance de la suspensión y efectos en el historial crediticio
La decisión judicial establece que la suspensión no elimina el crédito ni modifica el derecho a la vivienda; en cambio, detiene temporalmente los efectos negativos mientras el trabajador esté incapacitado. Durante ese periodo clave:
- No se registran incumplimientos derivados de la falta de salario.
- Se protege integralmente el historial crediticio del acreditado.
- Se evita que el financiamiento se deteriore por causas completamente ajenas a la voluntad del trabajador.
¿Qué se considera una incapacidad médica avalada por el IMSS?
Una incapacidad médica válida debe estar certificada por un médico del IMSS, quien determina el tiempo necesario de recuperación. El documento oficial puede emitirse en diversos casos, tales como:
- Enfermedad general no relacionada directamente con el trabajo.
- Riesgo laboral o accidentes ocurridos en el trayecto casa-trabajo.
- Periodos de maternidad prenatal o posnatal que requieren reposo médico.
El certificado médico define la duración específica de la incapacidad y respalda legalmente la suspensión de descuentos mientras no exista salario base. La resolución de la Corte fija así un criterio que modifica la aplicación de la Ley del Infonavit en casos de incapacidad, permitiendo detener descuentos cuando el trabajador no percibe ingresos por razones de salud, marcando un precedente crucial para la protección laboral en México.