México implementa histórica reducción de la jornada laboral mediante reforma constitucional
La Presidencia de la República ha publicado en el Diario Oficial de la Federación la reforma constitucional que establece la reducción gradual de la jornada laboral en México, pasando de las actuales 48 horas semanales a un máximo de 40 horas. Esta modificación, que fue declarada constitucional por la Cámara de Diputados y el Senado, entra en vigor a partir de este martes con un proceso de implementación escalonado que se extenderá hasta el año 2030.
Calendario de implementación progresiva
La entrada en vigor de esta transformación laboral será paulatina y se desarrollará a lo largo de varios años. En 2026 se mantendrán las 48 horas actuales; para 2027, la jornada descenderá a 46 horas; en 2028 se reducirá a 44 horas; en 2029 alcanzará las 42 horas y finalmente, en 2030, llegará a las 40 horas semanales establecidas como nuevo máximo constitucional.
Un aspecto fundamental de la reforma es la garantía explícita de que "en ningún caso la reducción de la jornada laboral implicará la disminución de sueldos, salarios o prestaciones de las personas trabajadoras", según establece el texto publicado en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación.
Modificaciones al artículo 123 constitucional
Con las modificaciones a las fracciones IV del Apartado A del artículo 123 de la Constitución mexicana, la jornada laboral será de 40 horas semanales en los términos que establezca la Ley. La reforma dispone además que por cada seis días de trabajo las personas deberán contar con al menos un día de descanso con goce de salario íntegro.
El decreto establece que, tras su publicación, el Congreso de la Unión deberá realizar las reformas a la legislación secundaria en un plazo máximo de 90 días, completando así el marco jurídico necesario para la implementación efectiva de estos cambios.
Regulación del trabajo extraordinario
La reforma también modificó la fracción XI del artículo 123 constitucional para estipular que cuando por circunstancias extraordinarias deban aumentarse las horas de la jornada, se abonará como salario por este tiempo un cien por ciento más de lo fijado para las horas ordinarias.
El trabajo extraordinario no podrá exceder de 12 horas en una semana, las cuales podrán distribuirse en hasta cuatro horas diarias, en un máximo de cuatro días en ese periodo. Cuando se supere este margen establecido, el patrón deberá pagar 200 por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada ordinaria conforme a lo establecido en la Ley de la materia.
De igual forma, se estableció una prohibición específica: las personas menores de 18 años no podrán laborar tiempo extraordinario bajo ninguna circunstancia, reforzando así la protección a los trabajadores jóvenes.
Esta transformación constitucional representa uno de los cambios más significativos en la legislación laboral mexicana en décadas, equilibrando la productividad con el bienestar de los trabajadores y estableciendo parámetros claros para la remuneración de horas adicionales.



