Semana Santa 2026: ¿Jueves y Viernes Santos son feriados obligatorios?
Con la proximidad de la Semana Santa en 2026, que se celebrará del domingo 29 de marzo al domingo 5 de abril, surge una pregunta recurrente entre los trabajadores mexicanos: ¿Se debe laborar en Jueves y Viernes Santos? La respuesta, según la legislación vigente, es clara y contundente.
¿Qué establece la Ley Federal del Trabajo?
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), específicamente en su artículo 75, los días Jueves Santo (2 de abril) y Viernes Santo (3 de abril) no están contemplados como días de descanso obligatorio. Esto significa que:
- Sí es posible que tu empleador te solicite trabajar en estas fechas.
- El pago por laborar será el salario normal, sin recargos adicionales.
- No existe una obligación legal para que las empresas otorguen estos días libres.
En esencia, Jueves y Viernes Santos se tratan como jornadas laborales ordinarias, a menos que la empresa decida, por tradición o política interna, concederlos como un beneficio adicional.
¿Cuándo sí aplica un pago extra por trabajar?
La ley es precisa en cuanto a los días feriados oficiales. Cuando un trabajador labora en un día de descanso obligatorio, el empleador debe pagarle un salario doble adicional, lo que equivale a un pago triple en total por esa jornada. Algunos de los días feriados que sí contempla la LFT incluyen:
- 1 de mayo – Día del Trabajo
- 16 de septiembre – Día de la Independencia
- 16 de noviembre – Revolución Mexicana
- 25 de diciembre – Navidad
En estos casos, si se trabaja, la empresa está obligada a remunerar conforme a lo establecido por la normativa.
Descanso en Semana Santa: ¿Es común?
Aunque no es obligatorio, muchas empresas, escuelas e instituciones públicas sí otorgan descanso durante la Semana Santa, principalmente por tradición o acuerdos internos. Esto puede ocurrir en situaciones como:
- Cuando existe un contrato colectivo que lo establece explícitamente.
- Si la empresa lo ofrece como una prestación laboral adicional.
- En casos donde se trata de una política interna o beneficio corporativo.
Sin embargo, es crucial destacar que estos descansos no están garantizados por la ley y dependen totalmente de la discreción del empleador. Por lo tanto, los trabajadores deben consultar sus contratos y políticas internas para conocer sus derechos específicos durante este período.



