Jueves y Viernes Santo 2026: ¿Se pagan doble si trabajas? Esto dice la LFT
Jueves y Viernes Santo 2026: ¿Se pagan doble si trabajas? Esto dice la LFT

En México, la Semana Santa genera dudas entre trabajadores y empleadores sobre si el Jueves Santo y el Viernes Santo deben pagarse al doble. La Ley Federal del Trabajo (LFT) es clara al respecto: estos días no están considerados como descanso obligatorio, por lo que no aplica el pago doble o triple.

El artículo 74 de la LFT enumera los días de descanso obligatorio, como el 1 de enero, 1 de mayo y 16 de septiembre, entre otros. Ni el Jueves Santo ni el Viernes Santo aparecen en esa lista. Por lo tanto, si un trabajador labora en esas fechas, recibe su salario normal, a menos que exista un acuerdo distrito con el empleador.

Cuando un trabajador presta servicios en un día de descanso obligatorio, la LFT establece que debe recibir un salario doble adicional, es decir, un pago triple en total. Sin embargo, al no ser días festivos obligatorios, esta regla no aplica para Semana Santa.

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Muchas empresas en México otorgan estos días como descanso por tradición o política interna, pero no es una obligación legal. En esos casos, el pago depende del contrato laboral o de las condiciones internas de cada organización.

Desde el punto de vista financiero, la falta de obligatoriedad en el pago adicional implica que no hay un impacto directo en la nómina para las empresas. Para los trabajadores, no deben asumir ingresos extraordinarios durante estos días, salvo que su empleador lo establezca expresamente.

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