SAT amenaza con multas de hasta 7.6 millones de pesos por incumplir avisos obligatorios
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene la facultad de imponer sanciones económicas que pueden alcanzar la astronómica cifra de 7 millones 600 mil pesos a profesionales independientes, incluyendo abogados, contadores y freelancers, que no cumplan con la presentación de sus avisos mensuales antes del día 17 de cada mes. Esta medida se enmarca en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORP), diseñada para combatir el lavado de dinero en México.
¿Quiénes están obligados a presentar estos avisos ante el SAT?
La obligación recae sobre quienes realicen Actividades Vulnerables, es decir, operaciones que, por su monto o naturaleza, pueden estar vinculadas al lavado de capitales. Según la LFPIORP, los profesionistas independientes que, sin relación laboral, ejecuten en nombre de sus clientes las siguientes acciones deben cumplir con este requisito:
- Compraventa de inmuebles
- Manejo de cuentas bancarias o recursos financieros
- Constitución o administración de empresas, fideicomisos o vehículos corporativos
Además, también están sujetos a esta normativa quienes participen en:
- Venta de bienes inmuebles
- Comercialización de metales preciosos, obras de arte o vehículos
- Intercambio de activos virtuales, como criptomonedas
- Donativos de alto monto realizados por asociaciones y fundaciones
Plazos y montos críticos para la presentación de avisos
El aviso debe ser presentado cuando las operaciones superen los montos establecidos en la ley, los cuales se calculan en Unidades de Medida y Actualización (UMA). Considerando que el valor diario de la UMA en 2026 es de 117.31 pesos, los límites se desglosan de la siguiente manera:
- Compraventa de bienes inmuebles: 941,907.75 pesos
- Otorgamiento de préstamos fuera del sistema financiero: 188,282.55 pesos
- Donativos por asociaciones y fundaciones: 376,565.10 pesos
- Venta de vehículos nuevos o usados: 753,130.20 pesos
- Activos virtuales: 24,635.10 pesos
Es crucial destacar que los avisos deben enviarse a más tardar el día 17 del mes siguiente a la operación realizada. Asimismo, si varias operaciones efectuadas en un periodo de seis meses superan en conjunto estos montos, también se activa la obligación de notificar al SAT.
Consecuencias graves por incumplimiento
No cumplir con la presentación de estos avisos puede derivar en sanciones económicas que, dependiendo de la gravedad y reincidencia, pueden escalar hasta los 7.6 millones de pesos. La LFPIORP es clara en exigir esta transparencia para prevenir actividades ilícitas, y el SAT ha reforzado su vigilancia para asegurar el cumplimiento. Los profesionales afectados deben mantenerse alerta y cumplir con los plazos para evitar estas costosas multas, que podrían impactar significativamente sus finanzas y reputación.



