SAT establece plazo límite para Declaración Anual 2025 de empresas
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha emitido un comunicado oficial estableciendo las fechas límite para que las empresas presenten su Declaración Anual correspondiente al ejercicio fiscal 2025. La autoridad fiscal hizo un llamado urgente a todas las personas morales para que cumplan con esta obligación dentro de los plazos establecidos, evitando así posibles sanciones y multas por incumplimiento.
Calendario específico según régimen fiscal
El SAT precisó que las fechas para presentar la declaración varían significativamente según el régimen fiscal al que pertenezcan las empresas. El calendario oficial establecido por la autoridad tributaria es el siguiente:
- Personas morales sin fines de lucro: Tienen como fecha límite el 16 de febrero de 2026 para presentar su declaración del ejercicio fiscal 2025.
- Demás regímenes contemplados: Incluyendo aquellos bajo el Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta y el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), deberán cumplir con esta obligación fiscal a más tardar el 31 de marzo de 2026.
La presentación de la Declaración Anual 2025 es obligatoria para todas las empresas conforme a la legislación fiscal vigente en México, sin excepciones para aquellos que hayan tenido pérdidas o nula actividad durante el ejercicio.
Plataforma digital con información precargada
Para facilitar el proceso de declaración, el SAT ha habilitado una plataforma digital especializada que contiene información fiscal precargada correspondiente al ejercicio 2025. Entre los datos disponibles que las empresas pueden consultar se encuentran:
- Pagos provisionales presentados y efectivamente pagados durante todo el ejercicio fiscal.
- Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) pagada durante el año.
- Retenciones efectivamente pagadas, incluyendo ISR por sueldos y salarios, asimilados a salarios, arrendamiento y RESICO.
- CFDI relacionados con devoluciones, descuentos comerciales y bonificaciones aplicadas.
- Remanente de declaraciones de ejercicios anteriores, como pérdidas fiscales, pagos al extranjero, dividendos distribuidos y subsidio para el empleo.
El organismo fiscal indicó que, en caso de requerir modificaciones en los ingresos declarados u otros datos precargados, las empresas deberán presentar declaraciones complementarias para corregir cualquier discrepancia. Cuando exista un saldo a cargo pendiente de pago, la actualización de la información será visible en el sistema 48 horas después de realizar el pago correspondiente. Si el resultado de la declaración es en ceros, el sistema reflejará la información confirmada en un plazo máximo de 24 horas.
Requisitos técnicos para el envío
El SAT señaló que para enviar correctamente la Declaración Anual 2025 es imprescindible contar con e.firma vigente y servicio de banca electrónica activo. En caso de obtener un saldo a cargo como resultado del cálculo fiscal, el pago deberá efectuarse exclusivamente mediante transferencia electrónica a través de los bancos autorizados para el cobro de contribuciones federales.
La autoridad fiscal reiteró que estas herramientas digitales buscan facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de las empresas mexicanas, agilizando los procesos y reduciendo la carga administrativa tradicional. El SAT mantiene canales de atención para resolver dudas específicas sobre el proceso de declaración anual.



