Panel del T-MEC falla a favor de Estados Unidos en disputa laboral en mina zacatecana
La Embajada de Estados Unidos en México informó oficialmente que un panel del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) resolvió a favor de la nación norteamericana en una disputa laboral relacionada con la mina Camino Rojo, ubicada en el estado de Zacatecas. La determinación, emitida el 26 de marzo de 2026, establece que se produjo una "grave" denegación de derechos laborales en las instalaciones mineras.
Mecanismo de Respuesta Rápida activado por violaciones
La resolución se emitió en el marco del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida del T-MEC, un instrumento diseñado específicamente para supervisar y garantizar el cumplimiento de los derechos laborales en la región de América del Norte. Este mecanismo se activó tras una denuncia presentada en 2024 por el Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros ante autoridades estadounidenses.
Interferencia sindical y clima de temor documentados
De acuerdo con el fallo anunciado por la Embajada estadounidense, la empresa minera Camino Rojo, propiedad de Orla Mining Ltd., incurrió en múltiples prácticas que afectaron significativamente la libertad sindical de sus trabajadores. El panel concluyó que la compañía:
- Interfirió directamente en actividades sindicales legítimas
- Favoreció a un sindicato específico sobre el Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros
- Documentó actos de coacción, intimidación y amenazas contra los trabajadores
- Ejercía presiones para que los empleados cambiaran su afiliación sindical
El panel señaló que estas prácticas generaron un ambiente de temor generalizado entre los trabajadores, quienes enfrentaban posibles represalias en caso de no apoyar al sindicato promovido por la empresa. Además, el fallo destacó que el conocimiento de la situación de seguridad en la zona incrementaba la responsabilidad de la empresa para proteger adecuadamente los derechos laborales de sus empleados.
Medidas de reparación propuestas por el panel
Como parte integral de la resolución, el panel propuso diversas acciones correctivas para abordar las violaciones detectadas:
- Disculpa pública formal por parte de la empresa minera
- Garantías explícitas de libertad sindical y negociación colectiva
- Implementación de medidas para asegurar neutralidad frente a todos los sindicatos
- Reinstalación e indemnización completa de trabajadores afectados
- Refuerzo significativo de las medidas de seguridad laboral
- Programas de capacitación laboral obligatorios
- Acceso garantizado del sindicato a las instalaciones mineras
- Establecimiento de canales de comunicación directa entre el sindicato y la empresa
Proceso de revisión y determinación final
El proceso inició formalmente tras la denuncia presentada en 2024 por el sindicato Los Mineros. Posteriormente, se llevaron a cabo revisiones exhaustivas, consultas bilaterales entre México y Estados Unidos, y una audiencia pública realizada en la Ciudad de México. Tras este extenso procedimiento, el panel emitió su determinación final, la cual fue publicada oficialmente el 26 de marzo de 2026.
Estados Unidos destaca importancia del mecanismo laboral
El representante comercial de Estados Unidos subrayó que esta resolución refuerza sustancialmente el papel del mecanismo laboral del T-MEC para garantizar condiciones equitativas en el comercio internacional. Además, señaló enfáticamente que continuará utilizando este instrumento para asegurar el cumplimiento cabal de las obligaciones laborales de México bajo el tratado trilateral.
Este fallo representa un precedente significativo en la aplicación de los mecanismos de protección laboral establecidos en el T-MEC, destacando la importancia de garantizar derechos fundamentales en los centros de trabajo a lo largo de América del Norte.



