La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha respaldado el acuerdo de la Secretaría de Educación Pública (SEP) que prohíbe la reprobación automática de alumnos de educación básica en escuelas públicas y privadas incorporadas al sistema educativo nacional. Esta decisión implica cambios significativos en los criterios de evaluación y asistencia.
Promoción automática y flexibilización
De acuerdo con la resolución, en preescolar y primer grado de primaria se mantendrá la promoción automática. En grados superiores, se flexibilizan los criterios de evaluación y asistencia, eliminando el requisito del 80 por ciento de asistencia mínima para acreditar el ciclo escolar. Además, los estudiantes de secundaria podrán avanzar de grado incluso con materias pendientes, siempre que existan mecanismos de regularización.
Excepción en casos graves
La única excepción a esta medida será en casos considerados graves por la autoridad educativa. La decisión de la Corte surgió después de que el Colegio El Roble promoviera un amparo para conservar sus propios criterios de evaluación y reprobación. Sin embargo, la Corte determinó que la SEP tiene la facultad constitucional para definir las reglas generales de evaluación en educación básica.
Garantizar el derecho a la educación
Durante la discusión, los ministros de la SCJN señalaron que la medida busca garantizar el derecho a la educación y evitar que factores económicos, sociales o familiares provoquen exclusión escolar. También argumentaron que la educación no debe depender únicamente de calificaciones numéricas o registros de asistencia.
Debate entre especialistas
La resolución ha generado debate entre especialistas y sectores educativos. Algunos consideran que la flexibilización puede ayudar a disminuir la deserción escolar, mientras que otros advierten posibles afectaciones en el nivel académico y la disciplina escolar. La implementación de esta medida será clave para evaluar su impacto en el sistema educativo mexicano.



