Cédula profesional digital tiene plena validez jurídica, aunque no tenga foto: SCJN
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitido una resolución histórica que confirma la validez jurídica completa de la cédula profesional electrónica para acreditar la habilitación legal de una persona profesionista, incluso cuando este documento digital no incluya fotografía ni firma autógrafa. La decisión, tomada por la Segunda Sala del máximo tribunal el 15 de enero, marca un hito en la modernización de los procesos de certificación profesional en México.
Resolución de la Segunda Sala
De acuerdo con la Secretaría de Educación Pública (SEP), la Segunda Sala ratificó la constitucionalidad del formato digital, que sustituyó en 2018 a la antigua credencial física. La Corte estableció de manera clara y contundente que:
- La cédula profesional electrónica acredita legalmente que una persona puede ejercer su profesión.
- El documento digital sustituye al físico con las mismas garantías de seguridad y autenticidad.
- No constituye un documento de identificación oficial, función que corresponde a la credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral (INE).
¿Por qué no necesita foto ni firma?
Uno de los principales cuestionamientos al formato digital ha sido la ausencia de fotografía y firma autógrafa. Sin embargo, la Segunda Sala explicó detalladamente que la identidad del titular se valida mediante mecanismos digitales avanzados, que incluyen:
- Firma electrónica, que garantiza la autenticidad del documento.
- Código QR, que permite una verificación rápida y segura.
- Consulta directa en el Registro Nacional de Profesionistas, asegurando que los datos sean infalsificables.
Estos elementos hacen innecesarios los componentes físicos tradicionales, ofreciendo un nivel de seguridad superior y reduciendo el riesgo de fraudes.
Implicaciones para profesionistas y empleadores
El fallo de la SCJN tiene consecuencias significativas para el ámbito laboral y profesional en México. Reafirma que:
- La cédula profesional electrónica tiene la misma eficacia legal que la versión física.
- Ninguna empresa o institución puede desconocer su validez por no contener fotografía o firma.
- Se consolida el criterio judicial, al ser la segunda ocasión consecutiva en que la Segunda Sala sostiene esta postura, lo que proporciona mayor certeza jurídica.
La SEP ha destacado que el trámite digital no solo es más ágil y accesible, sino que también garantiza que quien porta la cédula está legalmente acreditado por el Estado para ejercer su profesión. Este avance tecnológico representa un paso importante hacia la digitalización de servicios públicos, mejorando la eficiencia y transparencia en la validación de credenciales profesionales.