Ley de Derecho de Autor en México: Desactualizada ante memes y contenido viral digital
Especialistas en propiedad intelectual han señalado con preocupación que la Ley Federal del Derecho de Autor en México enfrenta retos significativos ante fenómenos digitales contemporáneos como memes, audios virales y clips breves de películas. Durante una reciente emisión del podcast Evolución Legal, expertos analizaron cómo la normativa mexicana se enfrenta al desafío de una cultura digital que evoluciona mucho más rápido que la legislación vigente.
El contexto digital actual y la legislación
Anabel Illescas, asociada del área de Propiedad Intelectual, explicó que aunque el entorno tecnológico cambia constantemente con inteligencia artificial, contenidos "remix" y viralización masiva, la Ley Federal del Derecho de Autor continúa siendo el eje rector en la protección de obras originales. Sin embargo, reconoció que esta legislación fue concebida en un contexto previo al ecosistema digital actual, lo que genera importantes tensiones interpretativas.
"El artículo 3 de la ley establece que están protegidas todas aquellas obras de creación original susceptibles de ser reproducidas en cualquier medio", indicó Illescas. "Esto incluye obras musicales, audiovisuales, literarias, fotográficas y cinematográficas. En consecuencia, buena parte del contenido que circula diariamente en plataformas digitales cuenta con un titular que posee derechos reconocidos por la ley".
Derechos morales y patrimoniales en el entorno digital
El derecho de autor se divide en dos vertientes fundamentales:
- Derecho moral: Perpetuo, irrenunciable e intransferible; reconoce al creador como autor de la obra y protege su integridad.
- Derecho patrimonial: Permite la explotación económica y puede cederse a terceros, lo que habilita la reproducción, distribución o comunicación pública.
En el entorno digital, el conflicto surge cuando una obra protegida se utiliza como "gancho" para generar ingresos. "Un meme o un clip de película pueden parecer inofensivos, pero si la cuenta que los publica obtiene beneficios económicos, ya sea por publicidad, colaboraciones o posicionamiento comercial, podría estarse afectando el ámbito patrimonial del titular", acotó Illescas.
Mecanismos de protección y desafíos actuales
Las plataformas digitales operan bajo esquemas de licencias específicas. Cuando detectan usos no autorizados, pueden retirar contenidos o suspender cuentas. Sin embargo, el usuario promedio suele desconocer que detrás de una canción eliminada o un video bloqueado existe un complejo sistema de derechos y regalías.
El debate también alcanza a negocios físicos tradicionales. Restaurantes, bares, hoteles y gimnasios deben pagar licencias por la reproducción pública de música. En México, organismos como la Sociedad de Autores y Compositores de México administran estos derechos y pueden requerir el pago correspondiente cuando existe explotación comercial comprobada.
Necesidad de actualización legal y conciencia jurídica
Para los especialistas, el reto no es solo actualizar la ley, sino generar conciencia jurídica en un entorno donde compartir contenido se ha vuelto automático e intuitivo. La diferencia clave suele estar en la finalidad: un uso privado sin lucro no tiene el mismo impacto legal que una utilización sistemática con fines comerciales claramente establecidos.
Juan Carlos Machorro, socio de Santamarina y Steta, destacó que "la conversación en Evolución Legal dejó claro que, aunque la cultura digital se transforme cada día, el derecho de autor sigue siendo un pilar fundamental para la protección de la creatividad y la innovación".
El despacho Santamarina + Steta también destacó recientemente en el ámbito internacional, con ocho áreas de práctica y trece socios y abogados reconocidos en la edición 2026 de Chambers and Partners Global Guide, un referente mundial en rankings jurídicos que incluye la propiedad intelectual como área de especialización destacada.