Tras 18 años de tortura sexual por la Policía Federal, víctima espera sentencia
Luis Pascual Ángel Luna, un hombre mayor de 70 años, se encuentra a la espera de una sentencia por los delitos de secuestro y delincuencia organizada, luego de un proceso judicial que se ha extendido por más de 18 años y que inició con su detención y tortura sexual por parte de elementos de la extinta Policía Federal.
Detención y tortura en 2012
El 28 de julio de 2012, elementos de la Policía Federal detuvieron a Ángel Luna en Temixco, Morelos. Desde el momento de su aprehensión, el hombre denunció que los agentes lo sometieron a tortura y agresiones sexuales con el objetivo de obligarlo a proporcionar información sobre personas que, según él, no conocía.
Las lesiones físicas que presentaba como resultado de la tortura fueron tan graves que requirió una cirugía médica, según consta en los informes del expediente. Además, se realizaron dictámenes basados en el Protocolo de Estambul, que confirman las prácticas de tortura.
Intervención internacional y de la Suprema Corte
Ante la gravedad del caso, Ángel Luna acudió al Comité de las Naciones Unidas contra la Tortura (CAT), donde en 2021 logró que se le emitieran medidas cautelares. Sin embargo, el Estado mexicano no cumplió con estas disposiciones, lo que llevó al Instituto Federal de la Defensoría Pública (IFDP) a presentar el caso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
El 9 de julio, la extinta Primera Sala de la SCJN concedió un amparo a Ángel Luna por unanimidad, determinando que las medidas cautelares son obligatorias y que las autoridades jurisdiccionales de México pueden supervisar su cumplimiento. Este criterio se convirtió en jurisprudencia obligatoria en todo el país, estableciendo que las medidas cautelares en materia de derechos humanos dejan de ser consideradas como meras recomendaciones.
Consecuencias del fallo de la Corte
Como resultado del fallo de la SCJN, se ordenó revisar la medida de prisión preventiva oficiosa a la que Ángel Luna fue sometido desde 2012, y en septiembre del año pasado recuperó su libertad. Además, la Corte dispuso que recibiera atención médica y psicológica inmediata para su rehabilitación, así como acceso a los derechos, mecanismos y procedimientos previstos en la Ley General de Víctimas.
Entre las pruebas que deberán ser eliminadas por el juez, según el IFDP, se encuentran:
- Declaraciones de Ángel Luna señalando a otras personas supuestamente involucradas en los delitos.
- Pruebas recabadas sin que el hombre estuviera debidamente asesorado por un abogado.
Audiencia final y espera de sentencia
El pasado 19 de febrero se celebró la audiencia final en el caso, por lo que ahora el juez encargado de la causa penal debe analizar las pruebas aportadas tanto por la defensa como por el ministerio público para dictar sentencia. Mientras espera este fallo, Ángel Luna ya acudió a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) para declarar como víctima de tortura.
La investigación contra los elementos policiales que lo detuvieron y torturaron aún está en curso, lo que añade otra capa de complejidad a este prolongado caso que ha involucrado a instancias nacionales e internacionales en la defensa de los derechos humanos.
