Michoacán elimina carta de antecedentes penales para candidatos electorales
Michoacán elimina antecedentes penales para candidatos (13.03.2026)

Congreso de Michoacán elimina requisito de antecedentes penales para aspirantes a cargos públicos

El estado de Michoacán ha dado un paso significativo en la reforma de sus procesos electorales al eliminar la exigencia de la carta de antecedentes penales para quienes buscan registrarse como candidatos en elecciones locales. Esta modificación, aprobada por mayoría en el Congreso estatal, deroga el artículo 189 del Código Electoral que durante años había establecido este documento como requisito obligatorio.

Reforma impulsada por diputada del Partido del Trabajo

La iniciativa fue propuesta por la diputada Diana Espinoza Mercado, quien argumentó que esta medida elimina lo que calificó como "una simulación normativa" dentro del sistema electoral michoacano. Durante el debate legislativo, Espinoza Mercado defendió que retirar este requisito no implica relajar los controles sobre quienes aspiran a cargos públicos, sino que se alinea con criterios constitucionales establecidos por los máximos tribunales del país.

"Derogar la carta de antecedentes penales no abre la puerta a la delincuencia", afirmó la legisladora. "Lo que hace es eliminar un requisito que los máximos tribunales del país ya consideraron inconstitucional y, además, ineficaz para acreditar la elegibilidad de los aspirantes".

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Fundamento en criterios de la Suprema Corte de Justicia

La reforma se basa específicamente en la acción de inconstitucionalidad 133/2022 resuelta por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. En esa sentencia histórica, el máximo tribunal determinó que exigir cartas de antecedentes penales para competir en elecciones vulnera derechos político-electorales fundamentales, particularmente el derecho de la ciudadanía a ser votada.

Según el fallo de la Corte, este requisito puede afectar injustamente a personas que no tienen una sentencia condenatoria firme, lo que contraviene directamente el principio constitucional de presunción de inocencia. La reforma michoacana busca precisamente reforzar este principio en el ámbito de las candidaturas políticas.

Debate legislativo y argumentos a favor

Durante la discusión en el pleno, los impulsores de la reforma señalaron que el cambio busca fortalecer los derechos político-electorales de la ciudadanía y evitar restricciones que no estén sustentadas constitucionalmente. El diputado Antonio Carreño Sosa, de Movimiento Ciudadano, explicó con detalle las limitaciones del documento eliminado.

"La carta de no antecedentes penales no define si la persona que tiene antecedentes está sentenciada o no", señaló Carreño Sosa. "Una persona puede tener antecedentes sin ser culpable y, por tanto, seguir siendo inocente según nuestro sistema jurídico. Este requisito generaba más confusión que claridad en los procesos de selección de candidatos".

Mecanismos de control que permanecen vigentes

Es importante destacar que la reforma no elimina todos los filtros para aspirantes a cargos públicos. Los legisladores enfatizaron que permanecen vigentes los mecanismos legales que realmente determinan la elegibilidad de quienes buscan competir en procesos electorales locales, incluyendo:

  • Verificación de requisitos constitucionales y legales
  • Procesos de impugnación y revisión de candidaturas
  • Mecanismos de fiscalización por parte de autoridades electorales
  • Procedimientos para inhabilitación por sentencias firmes

Con esta modificación, el Congreso de Michoacán sostiene que se eliminan requisitos considerados decorativos o innecesarios, mientras se mantienen los controles sustantivos que garantizan la idoneidad de quienes aspiran a representar a la ciudadanía en cargos de elección popular.

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