Profepa clausura seis desarrollos ilegales en el Parque Nacional Cabo Pulmo, BCS
Clausuran 6 desarrollos ilegales en Cabo Pulmo, BCS

Profepa clausura seis desarrollos inmobiliarios ilegales en el Parque Nacional Cabo Pulmo

En un operativo de inspección ambiental, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) ha impuesto seis clausuras temporales totales a desarrollos inmobiliarios construidos de manera ilegal dentro del Parque Nacional Cabo Pulmo, ubicado en Baja California Sur. Esta acción se llevó a cabo del 16 al 25 de febrero, con el apoyo de la Guardia Nacional, en respuesta a denuncias ciudadanas sobre afectaciones a la zona costera dentro y en las inmediaciones de esta área natural protegida.

Detalles de los desarrollos clausurados

Los sellos de clausura fueron colocados en los siguientes desarrollos, todos ellos carentes de la autorización federal en materia de impacto ambiental:

  • "The Last Place": con una superficie de 1.19 hectáreas.
  • "La Ribera": con 1.12 hectáreas.
  • "Costa Coral": con 24.9 hectáreas.
  • Un desarrollo sin nombre: con 15.7 hectáreas.
  • "Club de Playa Las Barracas": con 14.2 hectáreas.
  • Otro predio cercado: con aproximadamente 0.23 hectáreas.

En todos estos casos, se constató la realización de obras, delimitación perimetral mediante cercas o bardas, y cambio de uso de suelo en terrenos forestales con vegetación de matorral sarcocaule, característico de Baja California Sur. La Profepa destacó que estas actividades se realizaron sin contar con la autorización federal requerida, violando así la normativa ambiental.

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Importancia ecológica de Cabo Pulmo

El Parque Nacional Cabo Pulmo fue creado el 6 de junio de 1995 por decreto presidencial y abarca una superficie de siete mil 111 hectáreas, que incluyen zona marina y terrestre. Este parque es el único sistema arrecifal del Golfo de California o Mar de Cortés y está reconocido como Patrimonio Mundial por la Unesco. Debido a su alto valor ecológico, cualquier obra o actividad que pueda generar desequilibrios ecológicos debe someterse previamente al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental Federal, conforme a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) y su reglamento.

Procedimientos legales y seguimiento

Los inspeccionados tienen cinco días hábiles para presentar sus argumentos y documentación respecto a los hechos asentados en las actas administrativas. Una vez analizados, la autoridad ambiental determinará las medidas conducentes e instaurará los procedimientos correspondientes. La Profepa ha manifestado que dará seguimiento puntual a estos casos para asegurar la protección del ecosistema costero y, en su caso, ordenar la restitución de los sitios a su estado original cuando así proceda.

Además, en otros dos sitios inspeccionados, no se detectaron obras ni actividades de competencia federal, por lo que únicamente se levantaron las actas circunstanciadas correspondientes, sin imponer clausuras.

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