SCJN invalida ley de objeción de conciencia en Morelos por incumplimiento
SCJN invalida ley de objeción de conciencia en Morelos

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la ley de objeción de conciencia del estado de Morelos, al resolver diversas acciones de inconstitucionalidad. El pleno del máximo tribunal determinó que el Congreso local incumplió con los lineamientos establecidos en precedentes anteriores, lo que llevó a la nulidad total de la norma.

Incumplimiento del Congreso de Morelos

Durante la sesión, la ministra Yasmín Esquivel Mossa señaló que el Congreso de Morelos no acató las disposiciones previas de la Corte. “Volvió a legislar y lo hizo incorrectamente, de forma irregular, sin seguir los lineamientos ordenados. Por lo tanto, considero que se debe invalidar la norma para que el Congreso legisle nuevamente en los términos que ha establecido este tribunal”, explicó.

Límites a la objeción de conciencia

La ministra recordó que la objeción de conciencia es un derecho del personal médico y de enfermería, quienes pueden negarse a realizar procedimientos sanitarios contrarios a sus convicciones religiosas, ideológicas, éticas o de conciencia. Sin embargo, enfatizó que este derecho no puede invocarse cuando exista riesgo de vida para el paciente o en casos de urgencia médica.

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Esquivel Mossa reiteró que la SCJN ya había establecido precedentes claros sobre los alcances de la objeción de conciencia, los cuales el estado de Morelos ignoró al legislar. La invalidación busca garantizar que futuras normas respeten tanto los derechos del personal de salud como la protección de los pacientes en situaciones críticas.

Con esta decisión, la Corte envía un mensaje contundente sobre la obligación de los congresos estatales de ajustar sus leyes a los criterios constitucionales, especialmente en temas sensibles como la objeción de conciencia, donde deben equilibrarse derechos individuales y el acceso a servicios de salud.

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