Corte debate ambigüedad legal que impide sancionar terapias de conversión
Corte debate ambigüedad legal en terapias de conversión

Suprema Corte debate términos ambiguos en leyes sobre terapias de conversión

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se enfrascó en un intenso debate sobre los términos poco claros o sin definición precisa que utilizan los legisladores al crear leyes, lo que impide reforzar las sanciones, especialmente contra servidores públicos. Este caso se centró en determinar los alcances del castigo para funcionarios que fomenten, de diversas formas, el delito de terapias de conversión.

Resolución sobre sanciones a servidores públicos

Tras un extenso debate para aclarar el término 'doméstico', en cuyo ámbito se obliga a redirigir una preferencia sexual, el pleno de ministros resolvió que no es inconstitucional que se destituya, inhabilite o incluso se lleve a prisión a la persona servidora pública que imparta, aplique, obligue o financie prácticas destinadas a obstaculizar, restringir o menoscabar la orientación sexual e identidad o expresión de género de una persona.

La ministra Yasmín Esquivel apuntó que la ambigüedad en la redacción de las leyes vulnera el principio de taxatividad en materia penal, al no ofrecer un parámetro claro y preciso sobre el alcance de la conducta sancionada.

Validación de sanciones en el Código Penal de Chiapas

El máximo tribunal del país declaró la validez de la "destitución e inhabilitación" y "cargo o comisión o cualquier otro de carácter público", que se establecen en el artículo 326 Bis del Código Penal de Chiapas. Estas disposiciones permiten aplicar sanciones adicionales a personas servidoras públicas que alienten el menoscabo de la orientación sexual e identidad o expresión de género de una persona.

"Esas expresiones son compatibles con la Constitución Política Federal, pues remiten a la noción jurídica de persona servidora pública prevista en el propio ordenamiento penal y permiten individualizar las sanciones cuando estas conductas se cometen en el ejercicio de funciones públicas", expuso Yasmín Esquivel.

Debate sobre términos específicos

La ministra votó a favor de validar la expresión "doméstica", al considerar que alude al ámbito del hogar y constituye una agravante razonable cuando existe una relación de esa naturaleza entre quien comete la conducta y la víctima, en atención a la especial situación de vulnerabilidad que puede generarse en ese contexto.

En contraste, se invalidó la frase "o similar", referente a los cargos o comisiones públicos, al estimar que su ambigüedad vulnera el principio de taxatividad en materia penal, al no ofrecer un parámetro claro y preciso sobre el alcance de la conducta sancionada.

Reafirmación de la Corte y crítica a la ambigüedad legal

La Corte reafirmó que las conductas que buscan anular o afectar la orientación sexual o identidad de género de las personas pueden ser objeto de una respuesta penal reforzada, siempre que las personas legisladoras utilicen términos claros, definidos y acordes con el principio de legalidad.

Sin embargo, esta ambigüedad no es más que una estrategia legal para impedir que se refuerce el alcance de la justicia contra servidores públicos, principalmente. La ministra Yasmín Esquivel destacó que el Poder Legislativo debe evitar la ambigüedad en la redacción de las leyes, lo que vulnera el principio de taxatividad en materia penal, al no ofrecer un parámetro claro y preciso sobre el alcance de la conducta sancionada.

Este debate subraya la necesidad de una legislación más precisa para garantizar que las sanciones sean efectivas y justas, protegiendo los derechos de las personas frente a prácticas discriminatorias como las terapias de conversión.