Tratado de extradición México-EU: claves en el caso Rubén Rocha
Tratado de extradición México-EU: claves caso Rocha

La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) confirmó este miércoles la solicitud de extradición del gobernador de Sinaloa, Rubén Rocha Moya, por parte del Gobierno de Estados Unidos, por presuntos cargos relacionados con el tráfico de drogas, armas y una supuesta relación con el Cártel de Sinaloa. No obstante, la dependencia indicó que la notificación no contaba con las justificaciones necesarias para determinar la responsabilidad de las personas, por lo que pasó a la Fiscalía General de la República (FGR) para su análisis.

¿Qué dice el Tratado de Extradición entre México y Estados Unidos?

El Tratado de Extradición bilateral establece los procedimientos para la entrega de personas acusadas o condenadas por delitos. En el caso de Rocha, el artículo 11, referente a la detención provisional, señala que "en caso de urgencia la persona requerida podrá ser detenida provisionalmente por las autoridades competentes de la parte requerida, de conformidad con su legislación nacional".

La solicitud de detención provisional debe contener una declaración de la intención de presentar una solicitud formal de extradición, así como la existencia de una orden de aprehensión en su contra. Además, debe incluir, de ser posible, la descripción y mayor información para justificar la emisión de la orden, como el momento y lugar de la comisión del delito, las circunstancias y datos apropiados para determinar la identidad y nacionalidad de la persona solicitada.

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Plazos y condiciones para la extradición

El Tratado establece que la persona detenida provisionalmente podrá ser liberada si dentro de un periodo de 60 días desde su detención la Parte Requerida no ha recibido la solicitud formal de extradición y los documentos requeridos. En este caso, la SRE determinó que la notificación estadounidense no cumplía con los elementos de prueba necesarios, por lo que el caso fue turnado a la FGR para un análisis más profundo.

Ulises Lara López, vocero de la FGR, indicó que la extradición solo sería posible si se determina que las pruebas son suficientes, conforme a las leyes de la parte requerida, en este caso México. La FGR será la encargada de evaluar si la solicitud cumple con los requisitos legales establecidos en el Tratado y la legislación nacional.

Reacción de la SRE y la FGR

La SRE, a cargo del canciller Roberto Velasco, informó que se enviará un extrañamiento a la Embajada de los Estados Unidos por la forma en que se dio a conocer la solicitud, ya que los tratados vigentes tienen provisiones específicas sobre la confidencialidad de la información. La dependencia reiteró que el análisis jurídico realizado conforme al Tratado de Extradición no cuenta con elementos de prueba para determinar la responsabilidad de las personas solicitadas.

El caso de Rocha Moya ha generado controversia política, y la presidenta Sheinbaum calificó la solicitud como un asunto político sin pruebas. La FGR ahora tiene la responsabilidad de definir si existen condiciones legales para avanzar en el proceso de extradición, en un caso que mantiene en vilo a la opinión pública nacional e internacional.

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