SCJN respalda eliminación de 109 fideicomisos ordenada durante la administración de López Obrador
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha validado la extinción de 109 fideicomisos que fue ordenada durante el gobierno del entonces presidente Andrés Manuel López Obrador. La decisión se tomó al considerar que estos instrumentos financieros no representaban garantías esenciales para la protección de derechos fundamentales, sino que funcionaban principalmente como mecanismos auxiliares del Poder Ejecutivo para la distribución del gasto público.
Detalles de la resolución y argumentos clave
Al resolver la Acción de Inconstitucionalidad 303/2020, que fue promovida por senadores de la oposición, siete de los nueve ministros aprobaron el decreto publicado el 6 de noviembre de 2020. Este decreto ordenaba la desaparición de fideicomisos en áreas sensibles como:
- Cambio climático
- Protección de personas defensoras de derechos humanos y periodistas
- Protección civil y atención a desastres naturales
El ministro Arístides Guerrero, ponente del asunto, explicó que "el proyecto considera que los fondos y fideicomisos modificados o eliminados eran mecanismos auxiliares del poder Ejecutivo para distribuir el gasto público y no garantías esenciales de derechos". Guerrero también destacó que la integración anterior de la Corte mantuvo este asunto rezagado durante aproximadamente cinco años, sin resolverlo oportunamente.
Posturas de los ministros y contexto presupuestario
Durante la discusión, la ministra Lenia Batres Guadarrama aportó un dato revelador: "El fondo de desastres naturales llegó a acumular más de 25 mil millones de pesos disponibles, aun cuando se seguían financiando reconstrucciones mediante deuda o reasignaciones presupuestarias". Esta observación subrayaba la ineficiencia en el ejercicio de recursos que caracterizaba a algunos de estos instrumentos.
Por su parte, el ministro presidente del Tribunal Constitucional, Hugo Aguilar Ortiz, aclaró que la desaparición de los fideicomisos no libera al Estado de sus obligaciones en los diversos ámbitos afectados. Simplemente modifica la forma en que se asignan y entregan los recursos para esos fines específicos. Ortiz señaló: "Aunque no haya fideicomiso, sí hay, digamos, una especie de etiqueta de los recursos para fortalecer el tema de víctimas, medio ambiente, entre otros temas... Esta Corte no es ajena a qué se requiere de estas garantías presupuestarias para hacer frente de mejor manera, a favor de algunos derechos humanos".
Implicaciones y perspectiva institucional
Esta resolución judicial cierra un capítulo prolongado de incertidumbre jurídica sobre la legalidad de la medida presidencial. La validación por parte de la SCJN refuerza el argumento de que la administración de recursos públicos debe ser más directa y transparente, evitando estructuras paralelas que puedan generar opacidad o ineficiencia. Sin embargo, también deja abierto el debate sobre cómo garantizar de manera efectiva la protección de derechos en áreas críticas sin depender de estos instrumentos financieros específicos.
La decisión sienta un precedente importante sobre los límites de los fideicomisos como herramientas de política pública y refuerza el papel de la Corte como árbitro final en disputas constitucionales de alto impacto presupuestario y social.



