Pensionados bajo la Ley 73 del IMSS pueden aumentar su pago con asignaciones familiares
Las personas jubiladas bajo el esquema de la Ley del Seguro Social de 1973, conocida como Ley 73, que comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997, tienen la posibilidad de recibir un monto adicional a su pensión base. Este beneficio depende de los beneficiarios que tengan registrados como dependientes económicos, según informó el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Aumento de pensión mediante asignaciones familiares
La Ley 73 permite que las personas pensionadas obtengan un porcentaje extra sobre su pensión base si demuestran la dependencia de familiares a su cargo. Este beneficio, denominado asignaciones familiares, está contemplado en la normativa vigente y tiene como objetivo considerar a los familiares dependientes, como el cónyuge, los hijos e incluso los padres.
El incremento se aplica sobre el monto de la pensión mensual y varía según el tipo de beneficiario registrado. Los porcentajes de aumento están definidos de la siguiente manera:
- 15% por esposa o concubina
- 10% por cada hijo menor de 16 años
- 10% por cada hijo de 16 a 25 años que estudie en planteles del Sistema Educativo Nacional y no esté inscrito en el régimen obligatorio
- 10% por cada hijo con inhabilitación para trabajar; se mantiene sin límite de edad mientras persista la condición
- 10% por cada padre que dependa económicamente, si no hay esposa(o) ni hijos
- 10% adicional si solo hay un ascendiente dependiente
Estos porcentajes se suman al monto de la pensión base y pueden acumularse según el número de beneficiarios registrados. Por lo tanto, un pensionado puede recibir varios incrementos simultáneamente si tiene esposa, hijos en las condiciones señaladas o incluso padres. El cálculo final dependerá del total de cargas familiares reconocidas y del monto base de la pensión.
Requisitos para acceder al aumento de pensión
Para poder beneficiarse de este incremento, es necesario cumplir con las siguientes condiciones:
- Estar pensionado bajo el régimen de la Ley 73, lo que implica haber cotizado antes del 1 de julio de 1997.
- Contar con familiares que dependan económicamente del pensionado.
- Registrar a los dependientes ante el IMSS.
El registro requiere la presentación de documentos específicos, tales como:
- Identificación oficial
- Actas de nacimiento o matrimonio
- Clave Única de Registro de Población (CURP)
- En el caso de hijos, comprobantes de estudios
Es crucial destacar que el incremento por asignaciones familiares no se otorga de manera automática. Los pensionados deben realizar el proceso de registro y presentar la documentación necesaria para poder acceder a este beneficio adicional.



