Suprema Corte avala recorte de aguinaldo a pensionados en Zacatecas, ¿un precedente nacional?
Corte avala recorte de aguinaldo a pensionados en Zacatecas

Suprema Corte avala polémica reducción de aguinaldo para pensionados en Zacatecas

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha emitido una resolución que impacta directamente a los trabajadores jubilados en el estado de Zacatecas. Con siete votos a favor, los ministros validaron una reforma al artículo 74 de la Ley del ISSSTEZAC, la cual reduce el pago de aguinaldo de 60 a 30 días para quienes se retiren bajo el nuevo esquema implementado desde el 11 de agosto de 2024. Este cambio solo afectará a los futuros pensionados, mientras que aquellos que ya contaban con su pensión antes de esa fecha conservarán el derecho a recibir 60 días de aguinaldo sin alteraciones.

Un ajuste con profundas implicaciones económicas

Desde el máximo tribunal se argumentó que la decisión obedece a criterios de viabilidad y sostenibilidad financiera del instituto. En la sentencia, se indicó que la medida es razonable para garantizar la suficiencia presupuestaria. Sin embargo, la reducción implica que los futuros pensionados recibirán la mitad del pago que tradicionalmente representaba uno de los ingresos más relevantes del año, utilizado comúnmente para cubrir gastos extraordinarios de fin de año.

Debate interno y posturas divergentes en la Corte

La discusión no fue unánime. La ministra María Estela Ríos González manifestó su desacuerdo, sosteniendo que los trabajadores no deberían asumir las consecuencias de desfalcos cometidos por funcionarios. Por su parte, Lenia Batres Guadarrama expresó preocupación por el efecto en la economía de los jubilados. Uno de los puntos más controvertidos fue el análisis de los artículos 128 y 128 Bis, invalidados por la mayoría, que buscaban supeditar el pago de pensiones a la situación financiera del instituto. El presidente de la Corte calificó esa posibilidad como un "precedente riesgoso", al considerar que podría abrir la puerta al incumplimiento de obligaciones laborales.

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¿Derecho adquirido o apoyo adicional? Una interpretación que genera polémica

La ministra ponente, Loretta Ortiz Ahlf, defendió la constitucionalidad de la reforma al señalar que el aguinaldo no constituye un derecho adquirido, sino un "apoyo económico adicional" entregado al cierre del año. Según su postura, al no estar directamente ligado a los años de cotización, puede modificarse sin afectar derechos fundamentales. Esta interpretación ha generado fuertes cuestionamientos entre especialistas en derecho laboral, quienes sostienen que el aguinaldo es parte integral de las prestaciones sociales de los trabajadores.

Advertencias sobre un posible efecto dominó en otros estados

Aunque la resolución se circunscribe a Zacatecas, expertos advierten que entidades con dificultades presupuestarias podrían analizar medidas similares en sus propios sistemas de pensiones. La diferenciación entre "derecho adquirido" y "apoyo adicional" se ve como un posible antecedente para futuras modificaciones en otras prestaciones, lo que podría desencadenar un efecto dominó a nivel nacional. Este caso subraya la tensión entre la necesidad de sostenibilidad financiera y la protección de los derechos laborales en un contexto económico complejo.

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