Suprema Corte elimina plazo mínimo de convivencia para pensiones por concubinato en el ISSSTE
En una decisión histórica, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha ordenado cambios significativos en los requisitos para acreditar el concubinato ante el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), eliminando la exigencia de 5 años de convivencia que establecía la ley para acceder a pensiones y servicios de salud.
Declaración de inconstitucionalidad y fundamentos legales
El máximo tribunal declaró inconstitucionales los artículos 41, fracción I, y 131, fracción II, de la Ley del ISSSTE, los cuales imponían un plazo mínimo de 5 años de vida en común para reconocer el concubinato. Aunque la SCJN reconoció que el objetivo original de esta norma era prevenir posibles abusos o fraudes en el otorgamiento de pensiones, determinó que establecer un plazo temporal fijo no constituye la medida menos restrictiva para salvaguardar la sostenibilidad del sistema de seguridad social.
En su sentencia, la Corte argumentó que condicionar el acceso a la seguridad social a un periodo específico vulnera derechos fundamentales como la igualdad, la familia y el libre desarrollo de la personalidad. Además, destacó que estas disposiciones resultaban discriminatorias para las parejas que optan por el concubinato, excluyendo relaciones estables de menor duración.
Nuevos criterios para acreditar el concubinato
De acuerdo con la resolución, el ISSSTE podrá verificar la existencia del concubinato mediante la valoración de diversas pruebas, sin imponer un límite temporal. Entre los elementos que se considerarán se incluyen:
- La convivencia efectiva entre las partes.
- La dependencia económica mutua.
- El apoyo solidario y afectivo demostrado.
La Corte enfatizó que esta decisión no exime a las personas de demostrar de manera fehaciente el concubinato en el que afirman haber vivido. Esto implica probar un lazo afectivo, solidario y de convivencia, asegurando así la integridad del proceso sin recurrir a plazos arbitrarios.
Impacto en los derechos sociales y la seguridad social
Esta sentencia marca un avance importante en la protección de los derechos sociales en México, al eliminar barreras que limitaban el acceso a pensiones por muerte y servicios de salud para parejas en concubinato. La SCJN subrayó que el sistema de seguridad social debe adaptarse para incluir relaciones diversas y estables, promoviendo la igualdad y la no discriminación.
Con esta medida, se espera que más personas puedan acceder a beneficios del ISSSTE sin enfrentar obstáculos temporales injustificados, reforzando el principio de justicia social en el ámbito de las pensiones y la salud pública.



